Micelio
Sentencia de Tutela4 de abril de 2006

T-265 de 2006

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Nelly Edelmira Rojas De Mayorga Vs. Iss

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Inaplicacion De Normas Del Plan Obligatorio De Salud
  • Casos en que procede por exclusión de tratamientos y medicamentos de alto costo
Acción De Tutela
  • Es requisito que el tratamiento y los medicamentos estén determinados por el médico tratante
Derecho A La Salud
  • By Pass Gástrico por obesidad mórbida debe estar determinada por médico tratante para que la EPS tenga obligación de asumirla
  • Fundamental por conexidad
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la vida la salud y la seguridad social de afiliada pensionada de avianca a quien le fue diagnosticada obesidad morbida severa causante de otras patologias y factor de riesgo pemananente y a quien le fue ordenada la practica del procedimiento invasivo que se conoce como by pass gastrico laparoscopico procedimiento que no le ha sido autorizado por el iss por encontrarse excluido del pos.

Solicita se ordene autorizar el procedimiento formulado por su medico tratante y los demas que requiera su padecimiento.

La protección integral del derecho a la salud en la constitución política.

La jurisprudencia constitucional ha considerado que se violan los derechos fundamentales a la vida y a la integridad física de quien necesita el tratamiento no incluido en el pos cuando i) la falta del tratamiento vulnera o amenaza los derechos a la vida y a la integridad física de quien lo requiere; Ii) ese tratamiento no puede ser sustituido por otro que se encuentre incluido en el pos; Iii) el tratamiento ha sido prescrito por un médico adscrito a la e.p.s.

A la cual se está solicitando el tratamiento; Y iv) el interesado no puede costear directamente el tratamiento ni las sumas que la e.p.s.

Se encuentra autorizada legalmente a cobrar y no puede acceder al tratamiento por otro plan distinto que lo beneficie.

Accion de repeticion contra fosyga.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia de fecha noviembre 10 de 2005, proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior del distrito judicial de Bogota, en segunda instancia, dentro del tramite de la accion de tutela iniciada por la Senora Nelly Edelmira Rojas de Mayorga en contra del Instituto de Seguros Sociales (ISS) E.P.S. y, en su lugar, CONCEDER la proteccion de los derechos fundamentales a la vida digna, la salud y la seguridad social de la peticionaria.
  2. Segundo. En consecuencia, ORDENAR al ISS E.P.S. que, en el termino de diez (10) dias, contados a partir de la notificacion de la presente sentencia, autorice y gestione la practica del procedimiento medico denominado "By Pass Gastrico Laparoscopico" a la Senora Nelly Edelmira Rojas de Mayorga para el tratamiento de su obesidad morbida severa, el cual debe ser practicado dentro del mes siguiente al vencimiento de dicho termino, de conformidad con las prescripciones e indicaciones de su medico tratante.
  3. De igual manera ORDENAR al ISS E.P.S. que suministre todos los medicamentos y practique todos los procedimientos, controles y evaluaciones medicas que requiera la Senora Rojas para el pleno restablecimiento de su salud, de conformidad con lo que disponga su medico tratante.
  4. Tercero. ADVERTIR al ISS E.P.S. que podra repetir contra el Fondo de Solidaridad y Garantia FOSYGA, para el pago de todos los gastos en los que incurra en cumplimiento de lo ordenado en este fallo siempre que no este cubierto por el Plan Obligatorio de Salud.
  5. Cuarto. DESE cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.