Micelio
Sentencia de Tutela17 de noviembre de 2010

T-924 de 2010

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Maria Betty Buriticá García·Demandado Caprecom Eps Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud
  • Caso en que médico tratante ordenó práctica de cirugía bariátrica a paciente con obesidad mórbida pero EPS-S niega autorización por que dicha cirugía no se encuentra dentro del POS-S
  • Fundamental autónomo
  • Valoración previa a la cirugía bariátrica por grupo multidisciplinario de especialistas y suministrar información pertinente sobre beneficios y riesgos que pueda generar la intervención médica
Entidad Prestadora De Salud
  • Orden de autorizar y gestionar práctica de cirugía bariátrica una vez se haya obtenido el consentimiento informado del paciente y garantizar la atención integral
Regimen Subsidiado De Seguridad Social En Salud
  • Prestación de servicios de salud se rige por el principio de integralidad, afiliados al recibir atención médica tienen derecho a la recuperación plena y óptima
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Vida, salud.

La accionante tiene 50 años de edad y pesa 131 kilos, por lo que su médico tratante le ordeno una cirugía bariátrica, la cual le ha sido negada por no que no tiene HTA ni diabetes mellitis, por lo tanto la EPS considera que no hay descompensación.

La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre el derecho a la salud, la prestación de servicios de salud en el régimen subsidiado de seguridad social en salud, la línea jurisprudencial de la Corte respecto a la obesidad mórbida como problema de salud pública y la autorización de la cirugía bariátrica, se recuerda que las EPS, deben cubrir la totalidad del costo de la cirugía bariátrica, en los pacientes con obesidad mórbida que lo requieran por ser un procedimiento incluido en el POS, se concluye que debido a la obesidad morbida sufrida por la actora y las complicaciones que derivan de esta enfermedad, se hace necesario que se le garantice la atención integral en salud, además de la cirugía y la exoneración de copagos.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Segundo. Promiscuo Municipal de Lerida (Tolima), el seis (6) de julio de 2010, dentro de la accion de tutela de la referencia. En su lugar, por las razones y en los terminos de esta sentencia CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la salud y a la vida de la senora Maria Betty Buritica Garcia.
  3. SEGUNDO. ORDENAR a Caprecom EPSS que una vez reciba la notificacion de la sentencia, y previamente a la realizacion de la intervencion quirurgica que le fue prescrita a la senora Maria Betty Buritica Garcia -cirugia de bypass gastrico-, la someta, en un plazo no superior a cuarenta y ocho (48) horas, a una valoracion por un grupo multidisciplinario de especialistas que le suministren la informacion pertinente en forma clara y concreta, sobre los beneficios, riesgos y demas consecuencias que pueda generar en su salud y en su organismo la cirugia bariatrica -by pass gastrico- que se le dictamino, y para que manifieste de manera libre y espontanea su voluntad de someterse a la misma.
  4. TERCERO. ORDENAR a la entidad demandada, que una vez obtenido el consentimiento informado de la paciente, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes, autorice y gestione la practica de la intervencion quirurgica, cirugia bariatrica -by pass gastrico-, la cual debera realizarse dentro del mes siguiente a la formalizacion del tramite de autorizacion, de conformidad con las prescripciones e indicaciones de sus medicos tratantes.
  5. CUARTO. ORDENAR a la entidad accionada, prestarle una atencion integral en salud a la senora Maria Betty Buritica (entiendase consultas medicas, examenes, procedimientos quirurgicos, suministro de medicamentos, hospitalizacion, evaluaciones previas y posteriores a la realizacion de la cirugia de Bypass Gastrico), lo cual le brindara una adecuada recuperacion, conforme a las prescripciones que los medicos adscritos a la entidad accionada efectuen para tal fin. Asi como la exoneracion del copago prevista en la Ley 1122 de 2007, articulo 14, inciso a.
  6. QUINTO. Por Secretaria, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.