Micelio
Sentencia de Tutela20 de noviembre de 2009

T-838 de 2009

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Martha Lucia Marmolejo Montenegro·Demandado Servicio Occidental De Salud

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Procedimiento quirúrgico
Cirugia De By Pass Gastrico
  • Procedimiento que se encuentra incluido en el POS
Derecho A La Salud
  • Fundamental
  • Servicios de salud que se requieren, de acuerdo con el concepto del médico tratante
Medico Tratante
  • Criterios para el acceso a los servicios de salud en relación con las órdenes médicas impartidas
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Vida digna, salud.

La accionante solicita sea autorizada la cirugía sleeve gastrectomy por laparoscopia con uso de ligasure T sutura mecánica (cirugía bariatrica), ordenada por su médico tratante debido a que sufre de obesidad mórbida tipo II, la entidad accionad comenta que cuenta con u programa de manejo de obesidad interdisciplinario, al que la accionante no ha recurrido y de de manera independiente acudió a un médico particular para ser valorada sin haber agotado dicho recurso ofrecido por la EPS.

La Sala realiza retiración de jurisprudencia respecto al derecho fundamental a la salud, orden de médico particular y procedimiento médicos que no hacen parte del POS, se analiza si la EPS accionada vulneró el derecho fundamental a la salud de la accionante, al haber negado el procedimiento ordenado por el médico tratante, se concluye que la EPS, si vulnero los derechos de la accionante debido a que no consideró ni demostró en términos técnicos y científicos si dicho procedimiento está o no incluido dentro de las modalidades de cirugía bariátrica incluidas en el POS, y tampoco probó que el concepto del médico tratante haya sido controvertido en términos médicos científicos, por lo tanto se ordena que sobre la base de exámenes y pruebas diagnósticas que deban realizarse, se determine la práctica del procedimiento quirúrgico solicitado.

Concedida.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Penal del Circuito de Santiago de Cali, el tres de junio de 2009, mediante el cual nego la accion de tutela de la referencia, y en su lugar, TUTELAR los derechos a la salud y a la vida en condiciones dignas de Martha Lucia Marmolejo Montenegro.
  2. Segundo. ORDENAR a la entidad SERVICIO OCCIDENTAL DE SALUD EPS S.O.S., que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion del presente fallo, requiera a la senora Martha Lucia Marmolejo Montenegro, con el objeto de definir la practica del procedimiento quirurgico denominado Sleeve Gastrectomy por Laparoscopia con Uso de Ligasure T Sutura Mecanica, garantizando las prestaciones previas y posteriores a la practica del citado procedimiento, a fin de asegurar la continuidad e integridad en la prestacion del servicio, en los terminos de las Reglas establecidas por la Jurisprudencia de la Corte Constitucional.
  3. Tercero. ORDENAR a la entidad SERVICIO OCCIDENTAL DE SALUD EPS S.O.S., le permita a la senora Martha Lucia Marmolejo Montenegro, el acceso completo a la informacion necesaria, en terminos comprensibles y concretos, estableciendo de manera clara los riesgos y consecuencias del tratamiento, a fin de que pueda tomar la mejor decision posible con base en la informacion disponible, en garantia de su derecho al consentimiento informado.
  4. Cuarto. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.