Micelio
Sentencia de Tutela8 de marzo de 2004

T-213 de 2004

Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett

Demandante Elizabeth Alcala Jimenez Vs. Luis Armando Carpio Caicedo

Tema · dato duro
Derecho Al Buen Nombre Honra Y Reserva Sumarial De Fiscal. Solicitud Retiro Publicacion Libro "la Corrupcion De La Justicia En Colombia - Proponen Robo Al Estado" Y Rectificacion De La Informacion. Resolucion Inhibitoria En Proceso Penal. Diferencia Entre
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Honra
  • Imputaciones aluden al ejercicio de profesión
  • No afectación por cuanto expresiones no tenían como objetivo personalidad de Fiscal
Derecho Al Buen Nombre
  • No se configura violación por afirmaciones hechas
Libertad De Opinion
  • Privilegio prima facie
Libertad De Expresion Y Libertad De Opinion
  • Legítimo ejercicio
  • Prevalencia prima facie
Derecho Al Buen Nombre Y A La Honra
  • Ambitos protegidos
  • Proceso penal como mecanismo de protección
Derecho A La Rectificacion Y Equilibrio Informativo
  • Se debe diferenciar entre medios masivos de comunicación y actividad realizada a través de libros
Medidas Cautelares En Proceso De Tutela
  • No se estableció responsabilidad previa
12 temas · 14 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. Revocar los fallos dictados por el Juzgado 30 Penal Municipal de Cali y el Juzgado 12 Penal del Circuito de Cali y en su lugar negar la tutela presentada por Elizabeth Alcalá Jiménez.
  2. Segundo. Revocar la orden impartida mediante auto del 29 de abril de 2002, mediante la cual el Juzgado Treinta penal Municipal de Cali prohibió la venta y circulación del libro "La corrupción de la justicia en Colombia -Proponen robo al Estado -". En consecuencia, por Secretaría General se notificará a la editorial y librerías indicadas en dicho auto, así como en las sentencias revocadas, sobre la libertad de circulación y venta del mismo.
  3. Tercero. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.