Micelio
Sentencia de Tutela3 de mayo de 2019

T-176 de 2019

Ponente Carlos Libardo Bernal Pulido

Demandante Fundacion Mario Santo Domingo Y Otro·Demandado Inspeccion De Policia Rural De La Boquilla Y Otros

Tema · dato duro
Debido Proceso En El Curso De Una Querella Policiva
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Debido Proceso En Querella Policiva
  • Vulneración por cuanto privó a la interviniente de manera arbitraria, de las oportunidades procesales y los recursos de ley para ejercer su derecho de defensa
  • Vulneración por la no suspensión del proceso policivo, a pesar de la recusación formulada por la accionante
Impedimentos Y Recusaciones En Proceso Policivo
  • Reglas en relación con la suspensión por impedimento o recusación
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Procedencia en caso de proceso policivo que no tiene otro mecanismo de defensa judicial
Inspector De Policia
  • Autoridad administrativa que excepcionalmente ejerce función jurisdiccional
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se cuestionan las actuaciones policivas adoptadas en el trámite de una querella iniciada por perturbación a la posesión y a la mera tenencia, en la cual la Fundación actora se hizo parte en el proceso alegando ser legítima propietaria y poseedora de los predios objeto de discusión.

Luego de verificar la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales la Corte concluyó lo siguiente: 1º.

La no suspensión del proceso policivo a pesar de la recusación formulada por la accionante, configuró los defectos sustantivo y procedimental absoluto, en tanto desconoció abiertamente el procedimiento previsto en el artículo 145 (1) del CGP, el cual resultaba aplicable al caso concreto, habida cuenta de sus particularidades procesales. 2º.

La no suspensión de la audiencia de traslado de informe y recepción de testimonios a pesar de la inasistencia de la parte actora configuró un defecto procedimental absoluto, por cuanto se actuó al margen del procedimiento previsto por el artículo 223 Par. 1 del CNPC, declarado exequible de manera condicional por la Sentencia C-349/17.

Se CONCEDE el amparo invocado, se dejan sin efectos todas las actuaciones surtidas en el mencionado proceso policivo a partir de la fecha y hora en que la tutelante radicó el escrito de recusación contra la Inspectora de Policía demandada y, se ordena rehacer el trámite de dicha causa.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia de 2 de agosto de 2018, proferida por el Juzgado 7 Civil del Circuito de Cartagena, que declaró improcedente la acción de tutela en el presente asunto y por medio de la cual se revocó la sentencia de 8 de junio de 2018, dictada por el Juzgado 9 Civil Municipal de Cartagena. En su lugar, TUTELAR el derecho fundamental al debido proceso de la Fundación Mario Santo Domingo.
  2. Segundo. En consecuencia, DEJAR SIN EFECTOS todas las actuaciones surtidas en el proceso policivo sub examine a partir del día 12 de enero de 2018, a las 9:36 am, fecha y hora en que la Fundación radicó el escrito de recusación en contra de la inspectora de policía de La Boquilla.
  3. Tercero. ORDENAR al Inspector de Policía Rural de Bayunca del Distrito de Cartagena de Indias rehacer el trámite de policía sub examine, a partir de la fecha y hora dispuestos en el numeral anterior y de conformidad con la parte motiva de esta sentencia.
  4. Cuarto. NEGAR la solicitud de medidas provisionales presentada, en sede de revisión, por el apoderado de la Fundación.
  5. Quinto. LIBRAR, por la Secretaría General de la Corte Constitucional, la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por17
T-425/24Tutela En Procedimiento De Amparo Policivo Por Perturbación A La Servidumbre De Energía Eléctrica-Omisión En La Valoración De La Prueba Sumaria Que Permitía El Inicio De Las Obras De Infraestructura.T-379/24Tutela Contra Decisiones De La Justicia Indígena-Vulneración Del Debido Proceso En Su Faceta De Juez Natural (Defecto Orgánico). Irregularidad En El Derecho A La Defensa (Defecto Materia) Delito De Desaparición Forzada.T-373/24Tutela Contra Providencias Judiciales (Medio De Control Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho)-Estabilidad Laboral En El Régimen Especial De Las Fuerzas Militares. Defecto Fáctico Y Precedente Constitucional (Posible Reubicación De Soldado En Deberes Administrativos Por Disminución De Capacidad Laboral).T-318/24Derecho A La Vivienda Digna Y Servicio Público De Alcantarillado (Obligaciones De Las Autoridades Locales De Saneamiento Básico)-Proceso Policivo Por Alteración De La Convivencia (Vulneración Del Debido Proceso Por Mora Injustificada).T-305/24Derechos Al Debido Proceso Y A La Vivienda Digna-Demora En El Trámite De Desalojo Y Deber De Asistencia A La Población Vulnerable (Desplazados Víctimas De La Violencia Y Por Factores Ambientales). Caso De Ocupación Irregular De Predio.T-224/24Principio De Autonomía Indígena (Permiso De Construcción Otorgado Por Gobernador Indígena) Y Derecho A La Vivienda Digna-Régimen De Las Licencias Urbanísticas (Proporcionalidad De Las Medidas En Proceso De Policía Por Infracciones Urbanísticas)
Ver las 17

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.