T-151 de 2015
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Alberto Avila Gordillo En Representacion De Maria Del Rosario Avila Gordillo·Demandado Ministerio De Defensa Nacional, Grupo De Prestaciones Sociales
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Requisitos que deben acreditar los hijos inválidos
- Protección constitucional cuando se trata de personas en situación de discapacidad
- Procedencia excepcional
- Caso en que existe incertidumbre sobre la procedencia del reconocimiento de una sustitución pensional de forma definitiva
- Orden al Ministerio de Defensa Nacional reconocer y pagar sustitución pensional de hija en situación de invalidez absoluta
- Procedencia excepcional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
El accionante, actuando en representación de una hermana que fue declarada judicialmente interdicta, aduce que el Ministerio de Defensa Nacional vulneró derechos fundamentales al negar el reconocimiento de la pensión de sobreviviente reclamada en favor de su familiar, argumentando que al momento del fallecimiento de su padre no presentaba ningún tipo de invalidez.
Se aduce que la entidad omitió analizar que la situación de invalidez se originó a raíz de la muerte del progenitor y no con anterioridad a ésta.
Se aborda la siguiente temática: 1º.
Procedencia excepcional de la acción de tutela para obtener el reconocimiento de la sustitución pensional.
Reiteración de jurisprudencia y, 2º.
El pago de la sustitución pensional a los hijos que se encuentran en condición de discapacidad.
Se CONCEDE la tutela de los derechos fundamentales a la seguridad social y al mínimo vital.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida el tres (3) de septiembre de dos mil catorce (2014) por la Seccion Quinta del Consejo de Estado, que en segunda instancia confirmo la decision del veintiuno (21) de noviembre de dos mil trece (2013) de la Seccion Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en primera instancia, y en su lugar, CONCEDER la tutela de los derechos fundamentales a la seguridad social y al minimo vital de Maria del Rosario Avila Gordillo.
- SEGUNDO. ORDENAR al Ministerio de Defensa Nacional -Grupo de Prestaciones Sociales- que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, reconozca y pague la sustitucion de la pension reconocida a Arturo Avila Trujillo a Maria del Rosario Avila Gordillo como hija en situacion de invalidez absoluta del causante.
- TERCERO. DESE cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.