Sentencia de Tutela19 de febrero de 2004
T-141 de 2004
Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett
✓Demandante Maria Azucena Soto De Ortiz Vs. Iss
✓
Tema · dato duro
Derecho De Peticion. Respuesta De Fondo. Suspension Pago Cuotas Correspondientes A Hijos Como Beneficiarios De Pension De Sobrevivientes Por Cumplir Mayoria De Edad. Termino De Quince Dias Cuatro Y Seis Meses Para Resolver. Llamado A Prevencion. Ley 700 D
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho De Peticion En Materia Pensional
- Categorías
- Términos para resolver
Accion De Tutela Y Pension De Sobrevivientes
- Improcedencia general para solicitar acrecimiento de la cuota
Acción De Tutela
- Procedencia excepcional pago de mesadas pensionales
Derecho De Peticion
- Pronta resolución
- Vulneración por cuanto no se respondió dentro del término legal
Pension De Sobrevivientes
- El acrecimiento se encuentra circunscrito en petición de reajuste
5 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Cuarto. Laboral del Circuito de Bogota en el proceso de la referencia y en su lugar, CONCEDER el amparo del derecho fundamental de peticion de la senora Maria Azucena Soto de Ortiz.
- SEGUNDO. ORDENAR al representante legal del Seguro Social que en el termino de ocho dias, contados a partir de la notificacion del presente fallo, proceda a expedir, si aun no la ha hecho, el acto administrativo que resuelva de fondo, positiva o negativamente, la solicitud elevada por la demandante.
- TERCERO. DENEGAR la tutela de los derechos a la salud, a la vivienda digna, al pago completo de la pension de la senor Maria Azucena Soto de Ortiz.
- CUARTO. Levantar la suspension de terminos ordenada por auto del 31 de octubre de 2002 en el proceso de la referencia.
- QUINTO. LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a20
T-588/03Derecho De Peticion. Solicitud Reliquidacion Pension Gracia. Respuesta De Fondo. Termino De Quince Dias Cuatro Y Seis Meses Para Resolver. Interposicion De Recursos En Tramite Administrativo. Llamado A Prevencion. Ley 700 De 2001. Concedida.T-001/03Derecho De Peticion Y Debido Proceso. Solicitud Reconocimiento Pension De Jubilacion. Respuesta Clara Y Oportuna. Cuatro Meses Para Resolver. Regimen De Transicion. Ley 700 De 2001. Hecho Superado. Concedida.SU.975/03Derecho A La Igualdad. Nivelacion O Reajuste Pensional Para Exmagistrados En Cuantia Equivalente A La De Congresistas. Concedida Parcial.T-1166/01Derecho De Peticion. Solicitud Reconocimiento Y Pago Pension De Jubilacion. Respuesta Clara Y Oportuna. Faltas Disciplinarias. ConcedidaT-612/00Derecho A La Seguridad Social E Igualdad. Reliquidacion De Pension. Cajanal. Medio De Defensa Judicial. Negada.T-170/00Solicitud De Pension Al Iss. Termino Para Responder Derecho De Peticion. Orden Para Decidir En Cuarenta Y Ocho Horas. Negada Parcialmente.
Ver las 20 →Citada por30
SU.067/22Concurso De Meritos Para Funcionarios De La Rama Judicial. No Vulneracion Del Principio De Confianza Legitima Ni De Derechos Fundamentales De Los Participantes En Convocatoria, Al Expedir Resolucion Que Dispuso Corregir Irregularidades Ocurridas En La Estructuracion Y Evaluacion De La Prueba De Conocimientos Y AptitudesT-015/17Sustitucion Pensional Para Conyuge Superstite Separado De Hecho Que Conserve La Sociedad Conyugal Vigente.T-445/15Procedencia De La Accion De Tutela Para Controvertir Actos Administrativos De Caracter Particular Y Concreto. Naturaleza Del Concurso De Meritos. Principios De Buena Fe Y Confianza Legitima.T-164/12Tutela de 2012T-1026/12Tutela de 2012T-754/11Tutela de 2011
Ver las 30 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.