Micelio
Sentencia de Tutela7 de diciembre de 2001

T-1337 de 2001

Ponente Rodrigo Uprimny Yepes

Demandante Maria Gloria Arango Lopez Vs. Camara De Representantes.·Demandado Sin Información

Tema · dato duro
Derecho A Elegir Y Al Poder Publico. Solicitud A La Accionada Para Que Llame A Segundo Candidato De Lista Con El Fin De Suplir La Falta Temporal Del Primero Quien Se Encuentra Secuestrado. Representacion Efectiva Como Derecho Politico Fundamental. Supuest
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Representacion Efectiva
  • Procedencia de tutela
  • Fundamental
  • Vías que lo identifican como fundamental
Principio De Legalidad Del Gasto Publico
  • Excepción a la prohibición de la doble asignación
  • Prohibición de doble asignación
Secuestrado
  • Pago de salarios
Seguro Colectivo
  • Falta de contratación coloca en riesgo la subsistencia de la familia del parlamentario secuestrado
Vacancia Temporal
  • Causales
  • Finalidad
Debido Proceso De Tutela
  • Notificación de tercero interesado
Fuerza Mayor
  • Aplicabilidad
Legitimacion Por Activa En Tutela
  • Demostración que votó en la jornada electoral
17 temas · 20 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR, por las razones expuestas en esta providencia la sentencia del día seis de septiembre de dos mil uno, proferida por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, que concedió la tutela incoada por la señora María Gloria Arango López
  2. Segundo. ADICIONAR la sentencia proferida por la Sección tercera del Consejo de Estado, en el sentido de amparar los derechos fundamentales del parlamentario secuestrado y de su familia. Por tanto, esta corporación procede aORDENAR al presidente de la Cámara de Representantes que en el término de 48 horas realice las gestiones pertinentes, para que en un plazo no mayor a 30 días, continúe cancelando también los salarios y prestaciones del Parlamentario Óscar Tulio Lizcano a su esposa e hijos.
  3. Tercero. EXHORTAR al Congreso de la República y al Ministerio de Defensa, para que realicen las gestiones necesarias que permitan efectivamente contratar el Seguro de Cumplimiento previsto por la Ley 282 de 1996.
  4. Cuarto. Por Secretaría líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.