Micelio
Sentencia de Tutela15 de diciembre de 2005

T-1321 de 2005

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Sociedad Petroleos De Buenaventura S.A. Petrobun Vs. Nación - Ministerio De Comercio Industria Y Turismo Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Carácter subsidiario y residual
Derecho A La Propiedad Privada Por Via De Tutela
  • Procedencia excepcional por conexidad con derechos fundamentales
  • Evolución jurisprudencial
Medio De Defensa Judicial
  • Determinación sobre en cabeza de quien está la propiedad del inmueble
  • Vías apropiadas para reconocer o declarar derechos a favor de otro
Derecho De Propiedad
  • Inmueble ubicado al lado de la extinta zona franca de Buenaventura
  • Normatividad y procedimientos legales y judiciales para determinarlo
Juez Constitucional
  • No es competente para reconocer o declarar derechos a favor de otro
6 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso la propiedad privada al trabajo y a la vida digna de la empresa petrobun s.a.

Propietaria de un inmueble ocupadop por unidad militar autorizada para el efecto por el ministerio de comercio industria y turismo que dice ser la propietaria.

Habiendo acudido a la accion policiva sin resultado positivo.

Solicita se ordene la entrega del predio ocupado.

Protección constitucional del derecho a la propiedad por vía de tutela.

El derecho a la propiedad privada ha de entenderse como la forma en que las personas establecen sus vínculos con los bienes relación que lleva implícita un conjunto de privilegios del titular de dicha propiedad respecto de terceros pero igualmente le impone obligaciones y deberes a su goce justificados primordialmente en la primicia del interés común o de la utilidad pública.

El derecho a la propiedad privada no corresponde al grupo de aquellos derechos de aplicación directa su protección por vía de tutela solo será viable en el evento en que su desconocimiento afecte derechos que por naturaleza son fundamentales y que requieren en consecuencia la protección inmediata y efectiva que ofrece la acción de tutela.

El derecho al derecho al debido proceso encuentra sustento constitucional en varias normas de la carta política siendo el artículo 29 el que de manera expresa dispone los lineamientos esenciales del mismo.

Según el contenido del artículo 29 superior todas las personas cuentan con unas condiciones sustanciales y procedimentales mínimas las cuales garantizan la protección de sus derechos e intereses así como también permiten la efectividad del derecho material.

Carácter subsidiario o residual de la acción de tutela.

La discusión jurídica que se plantea en esta tutela centra su discusión en una reclamación cuya entidad jurídica tan solo es de orden legal y no constitucional que no contiene tampoco los elementos probatorios que demuestren su efectiva y directa conexidad con derechos fundamentales.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR las sentencias proferidas por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Buga y por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia, pero con base en las consideraciones aqui expuestas.
  2. Segundo. LIBRENSE por Secretaria las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a33
T-831/04Derecho A La Igualdad La Vivienda Digna Y Propiedad De Beneficiarios Del Subsidio De Vivienda A Quienes No Se Les Han Girado Las Sumas Correspondientes Por Haber Sido Beneficiarios De Subsisido En Especie De Carácter Municipal. Derecho A La Vivienda DignaT-791/04Derecho A La Igualdad Vivienda Digna Y Propiedad Privada De Beneficiarios Del Subsidio De Vivienda A Quienes No Se Les Han Girado Las Sumas Correspondientes Por Haber Sido Beneficiarios De Subsisido En Especie De Carácter Municipal. Derecho A La ViviendaT-858/02Derecho A La Seguridad Social De Consul. Solicitud Reconocimiento Y Liquidacion De La Pension De Jubilacion. Regimen Prestacional De Funcionarios Vinculados Al Servicio Diplomatico En El Exterior. Caracter Subsidiario Y Residual De La Tutela. Negada.T-620/02Derechos A La Igualdad Minimo Vital Seguridad Social Y Peticion De Personas De La Tercera Edad. Solicitud Reconocimiento Pension De Vejez Y Servicios Medicos. Regimen Diferencial Para Liquidacion De Prestaciones Sociales. Deber De Informar. Negada.T-500/02Derecho A La Igualdad Y Trabajo De La Mujer. Trato Discriminatorio. Inscripcion De Conyuges O Compañeros Permanentes Como Beneficiarios De Servicios En Salud. Regimen Legal Laboral Y Prestacional. Deber De Solidaridad. Concedida.T-240/02Derecho Al Debido Proceso Y Propiedad. Solicitud Entrega Primera Copia Sentencia De Nulidad. Reintegro Cargo De Igual O Superior Categoria. Acceso A La Administracion De Justicia. Tutela Efectiva. Concedida Parcialmente.
Ver las 33

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.