Micelio
Sentencia de Tutela4 de julio de 2000

T-815 de 2000

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Marco Tulio Gomez Ochoa Y Otro

Tema · dato duro
Derecho De Peticion. Solicitud Al Ministerio De Desarrollo Y Al Icontec Para Adoptar Norma Que Incluya La Varilla Puesta En Tierra Por Enchaquetado En Frio. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Instituto Nacional De Normas Tecnicas Incontec
  • Funciones
  • Traslado de peticiones al Ministerio de Desarrollo Económico
Acción De Tutela
  • Improcedencia para ordenar incluir en el sistema nacional de normalización un producto
  • Informalidad
Derecho De Peticion
  • Pronta resolución
Jurisdiccion Contencioso Administrativa
  • Competencia para decidir sobre legalidad de Resolución
  • Competencia para decidir sobre reclamo de indemnización
Medio De Defensa Judicial
  • Controversia contra actos de carácter general, impersonal y abstracto
8 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (9 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E :
  3. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 16 de noviembre de 1999 por el
  4. Segundo. Civil del Circuito de Medellin, confirmada el 18 de enero del ano en curso por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Medellin -Sala Civil, mediante la cual se nego la tutela interpuesta por Marco Tulio Gomez Ochoa a nombre propio y como representante legal de Acemetal Ltda.
  5. Segundo. CONCEDER a la empresa ACEMETAL LTDA el derecho fundamental que le asiste a obtener pronta y satisfactoria respuesta de sus solicitudes. Por consiguiente, se ordena al MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO que en el termino de los diez dias habiles siguientes a la notificacion de esta providencia, se pronuncie de fondo sobre la solicitud presentada por la entidad accionante el 9 de junio de 1999 -numeral 18 acapite de pruebas- mediante la cual solicito incluir en el Sistema Nacional de Normalizacion la varilla de puesta en tierra por el proceso de enchaquetado en frio, con los ensayos que corresponden a sus caracteristicas de fabricacion. Asi mismo, se ordena que en el mismo termino este Ministerio responda las peticiones presentadas el 11 de junio y el 29 de julio de 1999- numerales 22 y 33 acapite de pruebas-, en virtud de las cuales la entidad accionante solicito al INCONTEC informacion y acceso a la documentacion relacionada con la adopcion de la norma NTC 2206.
  6. Tercero. Prevenir al MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO y a la SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO para que evaluen y supervisen el proceso de normalizacion, con el objeto de que en el tramite previsto no se vulneren los derechos fundamentales de los solicitantes y no se afecte, con las repercusiones sociales y economicas que ello implica, el desarrollo de la industria nacional, la libertad de empresa y el derecho a la competencia. Asi mismo para que disenen, implanten y supervisen mecanismos adecuados destinados a que las peticiones que se eleven ante el INCONTEC obtengan pronta y satisfactoria respuesta, como tambien para que los particulares accedan sin contratiempos a los documentos que respaldan la adopcion de normas tecnicas, cuando sus peticiones cumplan los requisitos legales establecidos para el efecto.
  7. Cuarto. Ordenar que se compulsen copias a la Procuraduria General de la Nacion para que investigue el procedimiento que debe seguir quien pretende obtener la normalizacion de un producto, en especial el tramite dado a la solicitud presentada por la empresa accionante para obtener que se incluya en el Sistema Nacional de Normalizacion las varillas de puesta en tierra que la misma fabrica.
  8. Quinto. Librense por Secretaria las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  9. Notifiquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.