Sentencia de Tutela4 de julio de 2000
T-815 de 2000
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Marco Tulio Gomez Ochoa Y Otro
✓
Tema · dato duro
Derecho De Peticion. Solicitud Al Ministerio De Desarrollo Y Al Icontec Para Adoptar Norma Que Incluya La Varilla Puesta En Tierra Por Enchaquetado En Frio. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Instituto Nacional De Normas Tecnicas Incontec
- Funciones
- Traslado de peticiones al Ministerio de Desarrollo Económico
Perjuicio Irremediable
- Características
Acción De Tutela
- Improcedencia para ordenar incluir en el sistema nacional de normalización un producto
- Informalidad
Derecho De Peticion
- Pronta resolución
Jurisdiccion Contencioso Administrativa
- Competencia para decidir sobre legalidad de Resolución
- Competencia para decidir sobre reclamo de indemnización
Medio De Defensa Judicial
- Controversia contra actos de carácter general, impersonal y abstracto
8 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (9 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E :
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 16 de noviembre de 1999 por el
- Segundo. Civil del Circuito de Medellin, confirmada el 18 de enero del ano en curso por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Medellin -Sala Civil, mediante la cual se nego la tutela interpuesta por Marco Tulio Gomez Ochoa a nombre propio y como representante legal de Acemetal Ltda.
- Segundo. CONCEDER a la empresa ACEMETAL LTDA el derecho fundamental que le asiste a obtener pronta y satisfactoria respuesta de sus solicitudes. Por consiguiente, se ordena al MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO que en el termino de los diez dias habiles siguientes a la notificacion de esta providencia, se pronuncie de fondo sobre la solicitud presentada por la entidad accionante el 9 de junio de 1999 -numeral 18 acapite de pruebas- mediante la cual solicito incluir en el Sistema Nacional de Normalizacion la varilla de puesta en tierra por el proceso de enchaquetado en frio, con los ensayos que corresponden a sus caracteristicas de fabricacion. Asi mismo, se ordena que en el mismo termino este Ministerio responda las peticiones presentadas el 11 de junio y el 29 de julio de 1999- numerales 22 y 33 acapite de pruebas-, en virtud de las cuales la entidad accionante solicito al INCONTEC informacion y acceso a la documentacion relacionada con la adopcion de la norma NTC 2206.
- Tercero. Prevenir al MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO y a la SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO para que evaluen y supervisen el proceso de normalizacion, con el objeto de que en el tramite previsto no se vulneren los derechos fundamentales de los solicitantes y no se afecte, con las repercusiones sociales y economicas que ello implica, el desarrollo de la industria nacional, la libertad de empresa y el derecho a la competencia. Asi mismo para que disenen, implanten y supervisen mecanismos adecuados destinados a que las peticiones que se eleven ante el INCONTEC obtengan pronta y satisfactoria respuesta, como tambien para que los particulares accedan sin contratiempos a los documentos que respaldan la adopcion de normas tecnicas, cuando sus peticiones cumplan los requisitos legales establecidos para el efecto.
- Cuarto. Ordenar que se compulsen copias a la Procuraduria General de la Nacion para que investigue el procedimiento que debe seguir quien pretende obtener la normalizacion de un producto, en especial el tramite dado a la solicitud presentada por la empresa accionante para obtener que se incluya en el Sistema Nacional de Normalizacion las varillas de puesta en tierra que la misma fabrica.
- Quinto. Librense por Secretaria las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifiquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a9
T-057/99Debido Proceso. Tutela Contra Sentencias. Via De Hecho. Suspension Del Cargo De Alcalde De Cienaga- Magdalena. Negada.T-414/98No Reconocimiento De Pension De Invalidez Por Via De Tutela. Medio De Defensa Judicial. Negada.T-235/98Participacion En La Conformacion Y Ejercicio Del Poder Politico. Eleccion De Decanos Y Rectores De Universidad. Hecho Consumado. NegadaT-331/97Tutela Contra Providencias Judiciales. Inexistencia De Via De Hecho. Proceso Sucesorio. Negada.T-273/97Der. Al Trabajo En Condiciones Dignas. Pago De Salarios Adeudados. Der. Al Minimo Vital. Empresas Publicas Del Carmen De Bolivar. Concedida.T-272/97Ppio No Reformatio In Pejus. Improcedencia De La Tutela Para Revivir Terminos O Reemplazar Recursos No Utilizados. Negada.
Ver las 9 →Citada por190
T-360/22Buen Nombre Y Habeas Data Financiero Por Obligaciones Crediticias Con Suplantación De Identidad-Desconocimiento Del Principio De Responsabilidad De La Fuente.T-007/22Derecho De Peticion Y Deber De Conservacion De Archivos Y Reconstruccion De DocumentosSU.109/22Derecho A La Igualdad, Libertad De Locomoción Y Libre Desarrollo De La Personalidad De Adultos Mayores De 70 Años En El Contexto De La Pandemia Covid-19-Carencia Actual De Objeto Por Daño Consumado, Medidas Sanitarias Que Implicaron La Vulneración De Las Garantías Superiores Perdieron Vigencia.T-274/21Derecho A La Salud De Los Migrantes-Atencion Medica De Urgencias De Los Migrantes En Situacion IrregularT-199/21Accion De Tutela Contra Acto Administrativo-Improcedencia Por No Cumplir Con El Requisito De Inmediatez Y Subsidiariedad E Inexistencia De Un Perjuicio IrremediableT-435/20Derecho A La Educacion Superior De Personas En Situacion De Discapacidad. Componente De Adaptabilidad.
Ver las 190 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.