Micelio
Sentencia de Tutela2 de diciembre de 2004

T-1200 de 2004

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Rafael Suarez Solano Vs. Iss

Tema · dato duro
Derecho A La Seguridad Social Peticion Y Debido Proceso De Afiliado A Quien Le Fue Diagnosticado Tumor Cerebral Que Lo Incapacita Para Trabajar Requiriendo La Calificación De Su Invalidez Y El Reconocimiento De La Pension Correspondiente Pero El Medico La
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Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho De Peticion En Materia Pensional
  • Término de cuatro y seis meses para resolver reconocimiento y pago
  • Término de quince días para resolver asuntos dentro del trámite de pensión
Junta De Calificacion De Invalidez
  • Determinación de la pérdida de capacidad laboral
  • A quien corresponde pago de honorarios
Seguro Social
  • Deber de ordenar la calificación de invalidez aunque ésta hubiese ocurrido antes de la inscripción a esta entidad
  • Vulneración de derechos fundamentales por no solicitar a la Junta Regional el origen, porcentaje y fecha de estructuración de invalidez
Derecho De Peticion Ante El Seguro Social
  • Negligencia en trámite administrativo y vulneración de derechos fundamentales
  • Resolución oportuna, clara y de fondo
Persona Disminuida Fisicamente
  • Protección en circunstancia de debilidad manifiesta
6 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
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Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (9 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Tercero. (3) Civil del Circuito de Bucaramanga dentro de la accion de tutela instaurada por Rafael Suarez Solano contra el Seguro Social -Seccional Santander-, y en su lugar CONCEDER el amparo de tutela en relacion con los derechos fundamentales a la seguridad social, peticion y debido proceso, de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  3. Segundo. ORDENAR al Seguro Social -Seccional Santander- que en el termino de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta providencia, solicite formalmente a la Junta Regional de Calificacion de Invalidez de Santander que realice las gestiones pertinentes con el fin de practicar la valoracion medica tendiente a determinar la perdida de la capacidad laboral y calificar el origen, porcentaje y fecha de estructuracion de la invalidez del senor Rafael Suarez Solano, de acuerdo con las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  4. Tercero. ORDENAR a la Junta Regional de Calificacion de Invalidez de Santander que si en el termino de un (1) mes contado a partir de la fecha de notificacion de esta providencia, el Seguro Social -Seccional Santander- no le ha solicitado que realice la valoracion medica que demanda el senor Rafael Suarez, a la que se refiere el numeral anterior, proceda a realizarla en el termino de los quince (15) dias siguientes sin dilaciones.
  5. Cuarto. ORDENAR a la Junta Regional de Calificacion de Invalidez de Santander que una vez obtenga el resultado del dictamen cuya practica se ordeno en los numerales
  6. segundo. y
  7. tercero. de esta providencia, lo notifique al interesado de conformidad con lo previsto en el articulo 32 del Decreto 2463 de 2001, con el fin de que este pueda hacer uso de su derecho de contradiccion.
  8. Quinto. Levantar los terminos que fueron suspendidos mediante auto del 6 de septiembre de 2004.
  9. Sexto. Librense por Secretaria, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
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La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

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Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.