Micelio
Sentencia de Tutela22 de enero de 2004

T-033 de 2004

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Leon Espinosa Y Otro Vs. Iss Antioquia Y Otra

Tema · dato duro
Derechos A La Seguridad Social Debido Proceso Y Acceso A La Administracion De Justicia De Personas Discapacitadas. Solicitud Reconocimiento Y Pago Pension De Invalidez. Perdida Capacidad Laboral. Pago Costo Dictamen Junta Regional De Calificacion De Inval
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Cumplimiento de obligaciones de hacer ordenadas en providencias judiciales
Junta De Calificacion De Invalidez
  • Honorarios corresponde reconocerlos a la entidad de previsión a que esté afiliado el solicitante
  • No está obligada a practicar la valoración médica si no se le cancelan los honorarios respectivos
  • Determinación de la pérdida de capacidad laboral
Seguro Social
  • Pago de honorarios a junta de calificación de invalidez para valoración de incapacidad laboral
Pension De Invalidez
  • Fundamental por conexidad
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado 10 Laboral del Circuito de Medellin, el 11 de agosto de 2003, y por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellin, el 15 de septiembre de 2003, y en su lugar CONCEDER la tutela por las razones expuestas en el presente fallo. En consecuencia, ORDENAR al Instituto de los Seguros Sociales que en el termino de cuarenta y ocho horas (48) a partir de la notificacion de esta sentencia de revision, proceda a pagar el costo del dictamen que efectuara la JUNTA REGIONAL DE CALIFICACION DE INVALIDEZ DE ANTIOQUIA al senor LEON ALBEIRO ESPINOSA CADAVID, con fundamento en la orden proferida por el Juzgado 13 Laboral del Circuito de Medellin.
  2. SEGUNDO. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado 10 Laboral del Circuito de Medellin, el 19 de agosto de 2003, y por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellin el 25 de septiembre de 2003, en su lugar CONCEDER la tutela por las razones expuestas en el presente fallo. En consecuencia, ORDENAR al Instituto de los Seguros Sociales que en el termino de cuarenta y ocho horas (48) a partir de la notificacion de esta sentencia de revision, proceda a pagar el costo del dictamen que efectuara la JUNTA REGIONAL DE CALIFICACION DE INVALIDEZ DE ANTIOQUIA al senor HECTOR DARIO QUINTERO ROJAS, con fundamento en la orden proferida por el Juzgado 11 Laboral del Circuito de Medellin.
  3. TERCERO. Por Secretaria, LIBRESE la comunicacion prevista por el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.