Micelio
Sentencia de Tutela12 de septiembre de 2000

T-1179 de 2000

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Alcalde Del Municipio Del Espinal (Tolima) Vs. Caja Cooperativa De Ahorro Y Credito Social Cooperamos

Tema · dato duro
Acceso A La Administracion De Justicia Y Debido Proceso. Ejercicio Arbitrario De Las Propias Razones. No Retencion De Dineros De Recursos Depositados En Cuentas De Ahorro De Entidad Territorial. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Particulares
  • Cooperativa financiera que presta un servicio público
  • Procedencia
Derecho De Acceso A La Administración De Justicia
  • Vulneración por parte de cooperativa financiera
Actividad De Servicio Publico
  • Características especiales
Autonomia De Entidades Territoriales
  • Participación en rentas de la Nación
Debido Proceso
  • Vulneración por parte de cooperativa financiera
Persona Juridica
  • Titularidad de derechos en tutela
11 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E :
  3. Primero. REVOCAR el fallo de tutela proferido por la Sala de Decision Penal del Tribunal Superior de Ibague, el 7 de octubre de 1999, y CONFIRMAR la sentencia de tutela dictada por el Juzgado
  4. Segundo. Penal del Circuito del Espinal, el 30 de agosto de ese mismo ano, en cuanto confirio el amparo solicitado por el municipio accionante, pero por lo derechos fundamentales y las razones expuestas en esta sentencia.
  5. Segundo. ORDENAR a la Caja Cooperativa de Ahorro y Credito Social -COOPERAMOS, sucursal Espinal, abstenerse, en adelante, de debitar o retener los dineros del municipio del Espinal provenientes de transferencias de la Nacion
  6. Tercero. Del cumplimiento de esa sentencia sera responsable el representante legal de la Caja Cooperativa de Ahorro y Credito Social - COOPERAMOS, sucursal Espinal, a quien se le advierte que el desacato sera sancionado en la forma prevista por el articulo 52 del Decreto 2591 de 1991.
  7. Cuarto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1.991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.