Micelio
Sentencia de Tutela18 de noviembre de 2004

T-1159 de 2004

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Aracelly Cortes Varon Vs. Universidad Distrital Francisco Jose De Caldas

Tema · dato duro
Derecho A La Educación La Igualdad Al Libre Desarrollo De La Personalidad Y La Dignidad Humana De Aspirante A Ingresar A Un Programa En La Universidad Que Se Niega A Otorgarle Cupo No Obstante La Expedicion De Los Actos De Admisión. Solicita Se Ordene A L
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Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Educación
  • Núcleo esencial
  • Fundamental
  • Acceso y permanencia en el sistema educativo
Debido Proceso Administrativo
  • Aplicación en cancelación de cupo de estudiante de universidad
Legitimacion Por Activa En Tutela
  • Cualquier persona puede exigir el cumplimiento de los derechos de los niños
Educación
  • Derecho fundamental y servicio público con función social
7 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido el 19 de mayo de 2004 por el Juzgado 53 Penal del Circuito de Bogotá, D.C. y en su lugar conceder el amparo solicitado por el accionante.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a la Universidad Distrital Francisco José de Caldas que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo, se expida la correspondiente orden de matrícula de Pedro Fermín Tarazona Sandoval, al primer semestre del Programa Académico Tecnología Electrónica, con la advertencia de que la Universidad debe regularizar su permanencia en la misma, para lo cual el citado estudiante debe sujetarse a los reglamentos internos de hi Universidad.
  3. TERCERO. Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hará las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.