Sentencia de Tutela11 de noviembre de 2004
T-1137 de 2004
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Juan Carlos Claros Pinzon Vs. Procuraduría General De La Nacion
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso La Igualdad Y La Defensa De Exgobernador Del Departamento Del Caqueta Vinculado A Un Proceso De Peculado Por Uso Quien Fuera Destituido Del Cargo De Gobernador E Inhabilitado Para El Ejercicio De Cargos Y Funciones Publicas Por O
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Accion De Tutela Contra Procuraduria General De La Nacion Por Sancion Disciplinaria A Gobernador
- Procedencia
Derecho Al Debido Proceso
- No se configura violación por cuanto se dio notificación por conducta concluyente
Falta Disciplinaria
- Razones por las que no se incurrió en caso de Gobernador del Caquetá
- Razones por las que se incurrió en caso de Gobernador del Caquetá
Inhabilidades
- Inexistencia por cuanto condena por delito fue anterior al 7 de enero de 2004
- Límite temporal
Derecho De Defensa Y Recurso De Apelacion
- Vulneración por cuanto se resolvió recurso sin considerar lo planteado por defensor
Derecho De Defensa
- Imputado y defensor conforman una parte única
Notificacion De Auto Que Inadmitio Demanda De Casacion Penal
- Fecha se cuenta a partir de fijación en el estado
Posesion En Cargo De Gobernador
- Estaba vigente inhabilidad que le hubiera impedido ejercer el cargo
- No estaba vigente inhabilidad que le hubiera impedido ejercer el cargo
Recurso De Casacion Penal Y Sancion Disciplinaria A Gobernador
- Imposibilidad de imponer ésta mientras se encuentre pendiente la decisión
15 temas · 13 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura el 18 de junio del ano en curso, para decidir la accion de tutela instaurada por Juan Carlos Claros Pinzon contra la Procuraduria General de la Nacion, en cuanto revoco la sentencia de primera instancia y concedio la proteccion, pero revocarla en lo relativo a la prevencion impuesta al actor en el numeral
- tercero. de la decision.
- Segundo. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo RenteríaTexto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a23
C-1000/04Reforma Constitucional Por Referendo. Inclusión De Encabezado “el Pueblo De Colombia Decreta”T-811/03Derecho A La Igualdad. Acceso A La Administracion De Justicia. Solicitud Revocatoria Directa De Actos Administrativos. Absolucion Miembros De La Fuerza Publica. Parte Civil En Proceso Penal Por Desapacicion Forzada. Verdad Justicia Y Reparacion Economica.C-652/03Ley 599 De 2000. Arts. 397 398 399 400 402 403 408 409 Y 410 (Ps.). Ley 734 De 2002. Art. 38 Parag. 2 (P.). Codigo Penal. Codigo Unico Disciplinario. Peculado Por Apropiacion Uso Aplicación Oficial Diferente Y Culposo. Inhabilidad Intemporal O A PerpetuidC-450/03Ley 734 De 2002. Art. 157. Codigo Disciplinario Unico. Suspension Provisional De Servidor Público Durante La Investigacion Disciplinaria O Juzgamiento. Tramite. Prorroga Termino De Tres Hasta Nueve Meses. Debido Proceso. Presuncion De Inocencia. Buen NombC-252/03Ley 734 De 2002. Arts. 48 Num. 48 Y 51 Inc. 3. Codigo Disciplinario Unico. Faltas Gravisimas. Consumo O Asistencia Al Sitio De Trabajo O Lugares Publicos En Estado De Embriaguez O Bajo Efectos De Estupefacientes. Preservacion Del Orden Interno. Conducta RC-064/03Ley 734 De 2002. Art. 38 Parag. 2. Codigo Disciplinario Unico. Derechos Deberes Prohibiciones Incompatibilidades Impedimentos Inhabilidades Y Conflicto De Intereses Del Servicio Publico. Delitos Que Atentan Contra El Patrimonio Del Estado Y Son Cometidos
Ver las 23 →Citada por9
C-111/19Destitución E Inhabilidad General.SU.431/15Investigaciones Que En Materia De Responsabilidad Fiscal Pretendan Adelantarse Por La Contraloria En Contra Del Fiscal Deben Seguir Tramite Del Fuero Constitucional.SU.355/15Unificación de 2015T-516/14Tutela de 2014C-500/14Competencia De La Procuraduria General Para Imponer Sancion Disciplinaria De Destitucion E Inhabilidad General A Servidor PublicoSU.712/13Unificación de 2013
Ver las 9 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.