T-108 de 2005
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Sebastián Paz Sarriá Vs. Conjunto Residencial Valle De La Ferreira Y Otra
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Limitación en cuanto al origen, contenido y manejo de agendas o libros de registro
- Uso de agendas o libros de registro como instrumentos de control
- Custodia y conservación de zonas comunes
- Facultad para garantizar zonas comunes no debe limitar arbitrariamente los derechos
- Creación de sanción con ocasión del mal comportamiento de menores de edad dentro de conjunto residencial
- Imposición de multa en conjunto residencial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la dignidad humana el debido proceso el libre desarrollo de la personalidad intimidad personal y buen nombre de residentes en conjunto residencial en que se adopto por el consejo de administración un registro de infracciones en que fueron consignadas las cometidas por un menor a cuyos padres le aplican una multa por violacion al manual de convivencia.
Solicita se revoque la determinación del consejo de administración del conjunto residencial que creo la agenda que da cuenta de los comportamientos de los niños de la unidad.
La solicitud de tutela se entiende presentada a nombre del menor a pesar de la eventual responsabilidad de sus padres.
Procedencia de la accion de tutela contra particulares que administran conjuntos residenciales.
Atribuciones de los organos de dirección y administración de los inmuebles sometidos al regimen de propiedad horizontal.
Las agendas o libros de registro son instrumentos idóneos de control en conjuntos residenciales aunque sometidos a ciertas restricciones.
Solo los comportamientos de los menores que atentan contra la seguridad comunitaria o amenacen la tranquilidad pueden registrarse en los libros de control.
Multas y respeto al debido proceso.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR los fallos proferidos por el Juzgado
- Séptimo. Civil del Circuito de Cali y el Juzgado Treinta y Tres Civil Municipal de la misma ciudad, que denegaron el amparo solicitado por el abogado del menor Sebastián Paz Sarria.
- Segundo. Por secretaría General líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.