Micelio
Sentencia de Tutela6 de noviembre de 2003

T-1047 de 2003

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Reginaldo Bray Bohorquez Vs. Juzgado 54 Penal Del Circuito De Bogota Y Otro

Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso. Acceso A La Administracion De Justicia. Via De Hecho. Solicitud Libertad Provisional. Señalamiento Fecha Para Continuar Audiencia Publica. Autonomia Del Juez. Interpretacion Judicial. Decision En Plazo Razonable. Dilacion Injust
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Debido Proceso Penal
  • Dilación injustificada en continuar audiencia pública
  • Dilación injustificada en el trámite
Administracion De Justicia
  • Resolución oportuna de procesos
Autonomia Funcional Del Juez
  • Interpretación razonada y razonable de circunstancias de hecho
Juez Penal
  • Debe señalar nueva fecha para continuación de audiencia pública
Accion De Tutela Contra Autos En Proceso Penal
  • Niegan libertad provisional prevista en artículo 365-5 del CPP
Via De Hecho
  • Inexistencia por desconocimiento de cosa juzgada constitucional
7 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR PARCIALMENTE la sentencia proferida por el Consejo Superior de la Judicatura el 4 de junio de 2003 que declaro la improcedencia de la accion, y en su lugar CONCEDER la tutela por haberse afectado el derecho fundamental al acceso a la administracion de justicia y al debido proceso, en cuanto no se ha senalado fecha para la continuacion de la audiencia publica. SE CONFIRMA en cuanto la presente tutela no es procedente en lo concerniente a la peticion de libertad provisional, segun las consideraciones hechas en el presente fallo.
  2. SEGUNDO. ORDENAR al Juzgado 54 Penal del Circuito de Bogota que en el termino de 48 horas fije fecha y hora para la continuacion de la audiencia publica en el caso del senor Reginaldo Bray Bohorquez. La continuacion de la audiencia se hara a la mayor brevedad posible.
  3. TERCERO. Librense por la Secretaria las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.