Micelio
Sentencia de Tutela30 de noviembre de 2006

T-1004 de 2006

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Alba Luz Hoyos Echeverri En Representacion De Su Hijo Vs. Susalud

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho Al Diagnostico
  • Desconocimiento puede traer consecuencias irreversibles para la salud del paciente
  • Fundamental como parte de la salud
  • Práctica de examen médico a niño menor de un año
Entidad Promotora De Salud
  • Función básica al interior de régimen contributivo
Derecho A La Salud Del Menor
  • Práctica de tac de cráneo contrastado
  • Requisitos para el suministro de servicios médicos excluidos del POS
3 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la vida digna la salud y la seguridad social de menor a quien le fue ordenado por su medico tratante un tac de craneo contrastado previa creatitina normal que la entidad se niega a autorizar aduciendo que el menor no cumple el mes de afiliacion.solicita se ordene autorizar y practicar el examen formulado.la proteccion especial de los niños menores de un año y las consecuencias de no practicarse examenes de diagnostico.

La funcion basica de las entidades promotoras de salud en el regimen contributivo.concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR el fallo dictado por el Juzgado Veinticinco (25) Penal Municipal de Medellin y en su lugar CONCEDER la tutela por los derechos fundamentales invocados por la senora Alba Luz Hoyos Echeverri en representacion de su hijo Jhonatan Grisales Hoyos.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a la EPS SUSALUD Seccional Medellin que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, si aun no lo ha hecho, autorice la practica del examen medico denominado "TAC DE CRANEO CONTRASTADO PREVIA CREATITINA NORMAL", pues se encuentra incluido en el POS.
  3. TERCERO. Por secretaria General librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.