T-083 de 2007
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Celimo Conde Herrera Vs. Banco De Bogota
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia para entrar al fondo del asunto litigioso
- Carácter subsidiario
- Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial
- No se configuran requisitos de procedencia
- Se considera que lo es a partir de 71 años
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la vida y al minimo vital de persona que solicito al iss el reconocimiento de la pension de vejez pero la entidad se la nego indicandole que no cumplia con los requisitos de cotizacion establecidos por cuanto no se contabiliza un tiempo que trabajo para el banco.solicita se ordene la convalidacion del tiempo laborado para la entidad bancaria y el reconocimiento de la pension.improcedencia de la accion de tutela para el reconocimiento de derechos prestacionales y el principio de subsidiariedad.el peticionario a traves de estos años mientras activaba la jurisdiccion constitucional estaba en la disponibilidad de entablar una accion ordinaria ante los jueces competentes por tanto su comportamiento al acudir a la accion de tutela ha sido deliberado y ha utilizado indebidamente el mecanismo constitucional como medio alterno.
No se reunen los presupuestos decantados por la jurisprudencia constitucional para hacer procedente el amparo.negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR la sentencia emitida el veintiocho (28) de agosto de dos mi seis (2006) por el Juzgado
- Primero. Civil Municipal de Bogotá, que declaró improcedente la acción de tutela instaurada por Célimo Conde Herrera, en contra del Banco de Bogotá.
- Segundo. DÉSE cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.