Providencias que cita
T-080/22 invoca estas providencias en su argumentación. · 19 en total.
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Indemnizacion Sustitutiva De Pension De Vejez Con Anterioridad A La Ley 100 De 1993. Reconocimiento.
Monto De La Pension De Vejez. A Partir Del 2005, Por Cada 50 Semanas Adicionales A Las Minimas Requeridas, El Porcentaje Se Incrementara En 1.5% Del Ibl.
Alcance Del Principio De Favorabilidad En Materia De Pension De Sobreviviente En Regimenes Exceptuados.
Obsservancia Del Requisito De Inmediatez En Accion De Tutela Contra Providencia Judicial Para Indexacion De La Primera Mesada Pensional.
Indemnizacion Sustitutiva De La Pension De Vejez. Caracter Imprescriptible.
Derechos Fundamentales A La Seguridad Social Y Al Minimo Vital De Personas De La Tercera Edad.
Pension Gracia Y Pension De Vejez. Compatibilidad.
Procedencia De La Accion De Tutela Para El Reconocimiento De Prestaciones Sociales. Indemnizacion Sustitutiva De La Pension Y Su Reconocimiento A Quienes Cotizaron Antes De Ley 100.
Indemnizacion Sustitutiva De La Pension De Personas Que Cotizaron Antes De La Ley 100 De 1993.
Derecho De Igualdad Al Trabajo Debido Proceso Der De Acceso A Desempeñar Cargos Publicos. Lista Elegibles Magistrados Tribunal. Proteccion Oportuna.Negada.