T-024 de 2018
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Policarpa Villanueva De Melendro·Demandado Tribunal Administrativo Del Tolima Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Las autoridades judiciales acusadas no incurrieron en desconocimiento del precedente
- Evolución jurisprudencial respecto al reemplazo de la expresión "vía de hecho" por la de "causales genéricas de procedibilidad"
- Procedencia por cuanto autoridades judiciales incurrieron en violación directa de la Constitución, al inaplicar el principio de favorabilidad para reliquidación pensional
- Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se atacan decisiones judiciales proferidas al interior de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho iniciado por la actora en contra del Fondo Territorial de Pensiones del Departamento del Tolima.
Se aduce que en dichos fallos no se aplicó el principio de favorabilidad en materia laboral y, en consecuencia, incurrieron en violación directa de la Constitución y en defectos fáctico y sustantivo.
Se reiteran las reglas jurisprudenciales sobre la procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales y el principio de favorabilidad en materia laboral.
Igualmente, se analiza temática relacionada con la diversidad de las interpretaciones desarrolladas por el Consejo de Estado sobre la reliquidación de pensiones concedidas bajo los parámetros de la Ordenanza 057 de 1966, expedida por la Asamblea Departamental del Tolima y declarada nula por esa Corporación.
Considera la Corte que las autoridades accionadas no desconocieron el precedente judicial, sino que incurrieron en violación directa de la Constitución , pues ante la concurrencia de dos interpretaciones válidas eligieron la que más perjudicaba a la peticionaria y que conducía a negar la reliquidación que ella solicitaba.
Se confirma el fallo de instancia que CONCEDIÓ el amparo invocado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR integralmente el fallo del 13 de julio de 2017, proferido por la Seccion Primera del Consejo de Estado, dentro de la presente accion de tutela, que amparo los derechos fundamentales de la senora Policarpa Villanueva de Melendro.
- Segundo. Por Secretaria General, LIBRAR la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.