Micelio
Sentencia de Tutela22 de enero de 2007

T-015 de 2007

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Bernardo Antonio David Giraldo Vs. Procuraduria 224 Judicial I Penal De Popayan Y El Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Popayan

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Causales genéricas de procedibilidad
Acción De Tutela
  • Redosificación de la pena de conformidad con la ley 906 de 2004 en relación con las condenas por sentencia anticipada
Acto Legislativo 02 De 2003
  • Establece la gradualidad en la implementación del sistema penal Acusatorio
Debido Proceso
  • Vulneración por no aplicación del principio de favorabilidad penal en el caso concreto
Principio De Favorabilidad Penal
  • Aplicación frente a normas procesales y sustanciales
  • Elemento fundamental del debido proceso
  • Sentencia anticipada y aceptación de cargos son instituciones similares y coexistentes
  • Alcance
Principio De Favorabilidad En El Marco De La Ley 906/04
  • Estado actual de la jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre la aplicación
Sentencia Anticipada En Ley 600 De 2000 Y Allanamiento De Cargos En Ley 906 De 2004
  • Instituciones análogas con regulaciones punitivas diversas
7 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso de persona condenada mediante sentencia anticipada por los delitos de homicidio agravado y porte ilegal de armas de fuego a quien le fue revocada la redosificacion de la pena con arreglo a los beneficios consagrados para el allanamiento prevista en el articulo 351 de la ley 906 de 2004 por el tribunal superior del distrito judicial de popayan.solicita se de prevalencia a la decision adoptada por el juez de ejecucion de penas que le concedio el beneficio de la rebaja de penas.tutela contra providencias judiciales.

Reiteracion de jurisprudencia constitucional sobre la procedencia de la accion de tutela contra providencias judiciales.

Requisitos generales y especiales de procedibilidad.

Alcance del principio de favorabilidad en la aplicacion de beneficios consagrados en la ley 906 de 2004 para el allanamiento a cargos a personas condenadas mediante sentencia anticipada prevista en la ley 600 de 2000.

Semejanzas entre las figuras de sentencia anticipada y el allanamiento o aceptacion de cargos.

Dada la identidad de supuestos facticos entre la sentencia anticipada prevista en el articulo 40 de la ley 600 de 2000 y el allanamiento a cargos establecido en el articulo 348 de la ley 906 de 2004 las autoridades judiciales deben aplicar el articulo 348 de la ley 906 de 2004 en casos en los cuales personas procesadas o condenadas se hayan acogido a sentencia anticipada y los efectos de la redosificacion penal previstos para la figura del allanamiento a cargos resulten mas favorables.concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. LEVANTAR la suspension del termino decretado dentro del tramite de revision de la accion de tutela.
  2. SEGUNDO. REVOCAR la sentencia dictada por la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Penal el dos (2) de mayo de 2006, por la cual nego la tutela promovida por Antonio David Giraldo contra la Sala Segunda de Decision Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayan y la Procuraduria 224 Judicial I Penal de Popayan y, en su lugar, CONCEDER la tutela de su derecho fundamental al debido proceso.
  3. TERCERO. DEJAR sin efecto, la providencia de veintitres (23) de agosto de 2005 dictada por la Sala Segunda de Decision Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayan que revoco el auto interlocutorio de diecisiete (17) de mayo de 2005 proferido por el Juzgado
  4. Tercero. de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Popayan.
  5. CUARTO. LIBRENSE por Secretaria las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.