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Providencias que la citan

Estas providencias invocan a SU.1023/01 en su argumentación. · 237 en total.

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T-136/06Tutela2006
T-1029/06Tutela2006
C-123/06Constitucionalidad2006

Remocion De Liquidador En Proceso Concursal. Término Del Traslado De La Solicitud No Resulta Irrazonable Ni Desconoce El Derecho De Defensa

A. 291/06Auto2006

Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-583/06. La Solicitud Se Basa En Una Supuesta Violacion Del Debido Proceso Por La Modificacion De La Jurisprudencia Constitucional Sobre Temeridad Y La Violacion De La Jurisprudencia Sobre El Derecho Al Fallo Y A La Tutela Judicial Efectiva En Las Sentencias. Procedencia De La Nulidad Contra Sentencias De La Corte Constitucional Por Cambio De Jurisprudencia. En El Presente Caso No Existe Una Razon Suficiente Para Declarar La Nulidad Solicitada. Negada

A. 139/06Auto2006

Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-824/05. La Peticionaria Solicita La Nulidad De La Sentencia Por Violacion Al Debido Proceso, El Carácter Subsidiario Y Residual De La Accion De Tutela Y Por Cuanto No Fue Notificado Del Tramite De La Tutela El Ministerio De Hacienda Y Credito Publico Que Tenia Interes Directo En El Proceso. Oportunidad Para La Interposicion De La Solicitud De Nulidad. No Accede A La Solicitud De Nulidad

A. 056/06Auto2006

Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-456/05. La Acción De Tutela Fue Motivada Por La Omisión En El Pago De Los Salarios De Trabajadores Del Instituto Oftalmologico Clinica Club De Leones De Cartagena, Pues Desde El Mes De Junio De 1999 No Recibían El Pago De Sus Salarios Y Prestaciones Sociales, Ni Les Realizaban Los Aportes Correspondientes Al Sistema General De Seguridad Social. La Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-456/05 En Este Caso Se Apoya En Que La Sala Primera De Revisión (I) Cambió La Jurisprudencia Establecida Por La Corte Constitucional En La Sentencia Su-1023 De 2001 En Torno A La Responsabilidad Subsidiaria De La Nación En El Pago De Acreencias Laborales; (Ii) Impuso, Sin Competencia Para Ello, Una Condena De Pago De Perjuicios A La Nación Y (Iii) Incurrio En Falta De Motivacion Con Relacion Al Ministerio De Hacienda Y Credito Publico. Nulidad De Las Sentencias De Tutela Proferidas Por Las Salas De Revisión De La Corte Constitucional. Presupuestos Y Reglas Aplicables. Legitimación Y Oportunidad En La Interposición De La Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-456/05. Examen De Las Causales De Nulidad Alegadas Por El Ministerio De Hacienda Y Credito Publico. Con La Sentencia T-456/05 La Sala Primera De Revisión De La Corte Constitucional No Varió La Jurisprudencia Unificada De Esta Corporación Establecida En La Sentencia Su-1023 De 2001, Ni Impuso Una Condena A La Nación. La Sentencia T-456 De 2005 Contiene Motivacion Respecto De La Vinculacion Y Las Ordenes Impartidas Al Ministerio De Hacienda Y Credito Publico. Falta De Legitimacion Del Ministerio De Hacienda Y Credito Publico Para Invocar La Nulidad Por Las Circunstancias Anteriores A La Sentencia T-456 De 2005. Negada La Solicitud De Nulidad

A. 055/06Auto2006

Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-456/05. La Acción De Tutela Fue Motivada Por La Omisión En El Pago De Los Salarios De Trabajadores Del Instituto Oftalmologico Clinica Club De Leones De Cartagena, Pues Desde El Mes De Junio De 1999 No Recibían El Pago De Sus Salarios Y Prestaciones Sociales, Ni Les Realizaban Los Aportes Correspondientes Al Sistema General De Seguridad Social. La Solicitud De Nulidad Se Apoya En Que La Sala Primera De Revisión (I) Cambió La Jurisprudencia Establecida Por La Corte Constitucional En La Sentencia Su-1023 De 2001 En Torno A La Responsabilidad Subsidiaria De La Nación En El Pago De Acreencias Laborales; E (Ii) Impuso, Sin Competencia Para Ello, Una Condena De Pago De Perjuicios A La Nación. Nulidad De Las Sentencias De Tutela Proferidas Por Las Salas De Revisión De La Corte Constitucional. Presupuestos Y Reglas Aplicables. Legitimación Y Oportunidad En La Interposición De La Solicitud De Nulidad. Examen De Las Causales De Nulidad Alegadas Por El Ministerio De La Protección Social. La Sala Primera De Revisión De La Corte Constitucional No Varió La Jurisprudencia Unificada De Esta Corporación Establecida En La Sentencia Su-1023 De 2001, Ni Impuso Una Condena A La Nación. Negada La Solicitud De Nulidad

T-973/05Tutela2005
T-830/05Tutela2005
T-726/05Tutela2005
T-655/05Tutela2005
T-567/05Tutela2005
T-493/05Tutela2005
T-456/05Tutela2005
T-1327/05Tutela2005
T-1129/05Tutela2005
T-1091/05Tutela2005
SU.389/05Unificación2005
SU.388/05Unificación2005
A. 271/05Auto2005

Solicitud Aclaración De La Sentencia Su-1023/01. La Corte Constitucional No Tiene Competencia Para Absolver Consultas Que Formulen Los Ciudadanos, Dado Que Su Funcion Es Jurisdiccional Y No Consultiva, Asi Como Tampoco Aclara La Sentencias Que Profiere. Rechazada

A. 135/05Auto2005

Nulidad De Sentencia T-1089/04. Procedencia De La Solicitud Se Cumplen Los Elementos Que Dan Lugar A Cuestionar La Sentencia T-1089/04. La Empresa De Energia Electrica De Bogota S.A. Fue Diligente En La Defensa De Sus Intereses. La Tardanza En El Reclamo No Es Atribuible A La Actora. Decartado Que La Actora Haya Dejado Caducar La Oportunidad De Interponer El Recurso De Revisión; Establecido Que La Empresa Actuo Con La Diligencia Debida En La Defensa De Sus Garantias Constitucionales Y En Consideración A Que Tan Pronto Como El Agravio Se Consolido Y Ante La Evidencia Que Seria Ejecutado La Afectada Instauro Accion De Tutela, No Queda Sino Anular Al Sentencia. Anular La Sentencia T-1089/04

A. 009/05Auto2005

Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-930/04. Jurisprudencia Sobre Nulidad De Sentencias De La Corte Constitucional. Negada

T-930/04Tutela2004

Derecho Al Debido Proceso La Vida La Dignidad El Trabajo Y La Seguridad Social Por La Suspension Provisional De La Resolucion Del Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social Que Habia Decretado La Unidad De Empresa Entre La Federación Nacional De Cafeteros Y

T-827/04Tutela2004

Derecho A La Vida En Condiciones Dignas Minimo Vital Y Al Debido Proceso De Extrabajador Pensionado De Foncolpuertos A Quien Por Razon De Unos Reintegros Se Le Descuentan De La Mesada Pensional Sumas De Dinero Que La Reducen Por Debajo Del Salario Minim

T-814/04Tutela2004

Derecho Al Minimo Vital La Subsistencia Digna Y Por Conexidad A La Seguridad Social De Pensionada Del Municipio A Quien Se Le Niega La Cancelacion De Mesadas Pensionales Adeudadas. Solicita Se Ordene Al Municipio El Pago Inmediato De Las Mesadas Pensiona