C-990 de 2004
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Jhon Alirio Pinzon Pinzon
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No exclusión de la propiedad inmueble en la base gravable
- Prohibición constitucional de gravar la propiedad inmueble por entidades diferentes a los municipios
- Hecho generador
- No recae directamente sobre la propiedad
- Configuración
- Inexistencia por falta de identidad normativa
- Presupuestos
- No recae directamente sobre la propiedad raíz
- Definición
- Competencia para gravarla
- No todo tributo que la tome como referencia implica que establezca un gravamen sobre ella
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 863 de 2003 arts. 17 (parcial) 38 y 39.
Se establecen normas tributarias aduaneras fiscales y de control para estimular el crecimiento economico y el saneamiento de las finanzas publicas.
Base gravable impuesto al patrimonio.
Conciliación contenciso-administrativa
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 863/03. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E:
- Primero. Declarar EXEQUIBLE por el cargo analizado, -la supuesta vulneracion del articulo 317 superior-, el articulo 295 del Estatuto Tributario tal como quedo modificado por el articulo 17 de la Ley 863 de 2003 "por la cual se establecen normas tributarias, aduaneras, fiscales y de control para estimular el crecimiento economico y el saneamiento de las finanzas publicas".
- Segundo. ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-910 de 2004 en relacion con la acusacion formulada por la presunta vulneracion de los principios de igualdad (art. 13 C.P.) y equidad tributaria (arts. 95-9 y 363 C.P.) contra los articulos 38 y 39 de la Ley 863 de 2003 "por la cual se establecen normas tributarias, aduaneras, fiscales y de control para estimular el crecimiento economico y el saneamiento de las finanzas publicas".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.