C-926 de 2005
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Marco Palacios Rozo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Régimen especial
- Inspección y vigilancia
- Casos en que existe intervención indebida del legislador
- No es absoluta
- Redistribución de un porcentaje del total de las transferencias con base en indicadores de resultado concertados con las autoridades universitarias
- Alcance
- Definición
- Diferencias entre los indicadores de gestión e indicadores de resultado
- Límites del legislador
- No es imperativo que solo las autoridades de las universidades puedan determinar aisladamente la destinación de los recursos para la educación superior
- No excluye la intervención adecuada del Estado en la educación
- Se manifiesta no solo en el ámbito académico sino también en el administrativo y financiero
- Redistribución de un porcentaje del total de las transferencias con base en indicadores de gestión concertados con las autoridades universitarias
- Redistribución de un porcentaje de las transferencias con base en resultados de gestión concertados con el gobierno
- Calidad
- Acceso
- Fijación de criterios y procedimientos para la redistribución de transferencias
- No desconocimiento
- Escenario propicio para la rendición de cuentas, análisis, evaluación de la gestión alcanzada y el cumplimiento de metas de la universidad
- Asignación de recursos públicos debe responder a criterios flexibles
- Redistribución de un porcentaje del total de las transferencias con base en indicadores de gestión concertados con las autoridades universitarias
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 812 de 2003 articulo 84 (parcial).
Se aprueba el plan nacional de desarrollo 2003-2006 hacia un estado comunitario.
Recursos de las universidades publicas.
Supuesta vulneracion del principio de autonomia universitaria desconocimiento de reserva legal y ausencia de unidad de materia.
La autonomia universitaria y el margen de accion limitado del legislador en la materia.
Su caracter no absoluto permite la intervención adecuada de la rama ejecutiva en las universidades.
Contenido del articulo 84 en lo acusado y el desconocimiento de la autonomia de las universidades estatales.
Exequible e inexequible algunas expresiones
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 812/03. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. Declarar EXEQUIBLE, y por los cargos analizados en esta Sentencia, la expresion "al conjunto de Universidades Estatales", que hace parte del articulo 84 de la Ley 812 de 2003.
- Segundo. Declarar INEXEQUIBLES las expresiones "A partir de la vigencia de la presente ley, se concertara y acordara con los rectores de las Universidades Publicas, Nacionales y Territoriales los criterios y el procedimiento de una redistribucion, basada en indicadores de gestion, de un porcentaje del total de las transferencias. Dicho porcentaje no podra exceder el doce por ciento (12%). El porcentaje restante se distribuira conservando el esquema vigente", que hacen parte del articulo 84 de la Ley 812 de 2003.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.