Micelio
Sentencia de Constitucionalidad29 de junio de 2000Sala Plena

C-797 de 2000

Ponente Antonio Barrera Carbonell

Demandante Benjamin Ochoa Moreno

Tema · dato duro
Libertad De Asociacion Sindical. Afiliación A Varios Sindicatos De La Misma Clase O Actividad
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Confederacion De Sindicatos
  • Reconocimiento automático de personería jurídica
Actividad Economica Por Sindicato
  • No puede constituirse como objetivo único y principal
  • No es equiparable a realización de actos de comercio
Derecho De Afiliacion A Sindicatos
  • Restricciones y condiciones reguladas en los estatutos
Derecho De Asociación Sindical
  • Alcance
  • Contenido y alcance debe fijarse con arreglo a los convenios y tratados internacionales sobre derechos humanos
Federacion De Sindicatos
  • Reconocimiento automático de personería
Federacion Y Confederacion
  • Función de asesoría de organizaciones afiliadas
  • Naturaleza
Legislador
  • Incompetencia para regular proceso de elección de directivos de organización sindical
  • Establecimiento de condiciones para ser miembro de junta directiva de sindicato
Libertad Sindical
  • Alcance
  • No es absoluto
  • Decisión del sindicato de separar a sus miembros
  • Limitaciones impuestas por legislador
  • Organización sindical determina número de delegados
Principio Democratico
  • Observancia al interior de organización sindical
Sindicato Como Empleador
  • Asignación de sueldos por asamblea general
Sindicato
  • Aprobación oficial de la liquidación es inherente a sus reglamentos
  • Devolución de cuotas o aportes
  • Operaciones comerciales con sus trabajadores o con terceros
  • Presentación de pliego de condiciones por delegados
  • Requisitos para ser miembro de junta directiva
  • Solicitud a empleador para deducir del salario del trabajador cuotas sindicales debidas
  • Afiliación a federaciones y confederaciones
  • Aprobación del presupuesto
  • Autonomía administrativa, patrimonial y financiera
  • Autonomía para establecer en estatutos causales de retiro de sus afiliados
  • Desafiliación por dejar de ejercer voluntariamente la profesión u oficio
  • Elección de representantes
  • Estatutos
  • Objeto
  • Realización de negocios o actividades lucrativas
  • Reconocimiento automático de personería jurídica
Caucion Para Garantizar Correcto Manejo De Fondos Pertenecientes A Sindicato
  • Cuantía la establece asamblea general
  • Exigencia a tesorero
Empleador
  • Deducción de cuotas sindicales a trabajador
Derecho De Huelga
  • Restricción en federaciones y confederaciones
Federacion Y Confederacion De Sindicatos
  • Son manifestación del derecho de asociación sindical
Libertad De Asociacion Sindical
  • Afiliación a varios sindicatos de la misma clase o actividad
  • Alcance
22 temas · 45 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Codigo sustantivo del trabajo.

Arts. 355358360362369374376379384388390394395396399400404417422424425432444448 y 486.

Libertad y autonomia sindical.

Principio de igualdad.

Pertenecer a dos sindicatos.

Carencia actual de objeto.

Estese c-385/00.

Inhibida.

Exequible e inexequible

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 2663/50. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 355Decreto 2663/50EXEQUIBLE
Art. 358Decreto 2663/50EXEQUIBLE
Art. 360Decreto 2663/50INEXEQUIBLE
Art. 362Decreto 2663/50 «numeral 3»EXEQUIBLE
Art. 369Decreto 2663/50EXEQUIBLE
Art. 374Decreto 2663/50INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«numeral 1,3»
Art. 376Decreto 2663/50 «numeral 3»EXEQUIBLE
Art. 379Decreto 2663/50INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«literal d»
Art. 388Decreto 2663/50EXEQUIBLE
Art. 390Decreto 2663/50INEXEQUIBLE
Art. 394Decreto 2663/50INEXEQUIBLE
Art. 395Decreto 2663/50EXEQUIBLE
Art. 396Decreto 2663/50EXEQUIBLE
Art. 399Decreto 2663/50 «3.2.14»EXEQUIBLE
Art. 400Decreto 2663/50INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«numeral 1»
Art. 404Decreto 2663/50EXEQUIBLE
Art. 417Decreto 2663/50INEXEQUIBLE· expresión
Art. 422Decreto 2663/50EXEQUIBLE
Art. 424Decreto 2663/50INEXEQUIBLE
Art. 425Decreto 2663/50INEXEQUIBLE· expresión
Art. 432Decreto 2663/50INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«numeral 1, 2»
Art. 444Decreto 2663/50INEXEQUIBLE
Expresión declarada inexequible«inciso 4»
Art. 486Decreto 2663/50 «numeral 1»INHIBITORIO
Art. 23Decreto 2351/65INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«con el voto de las dos terceras partes de sus miembros»
Art. 16Ley 11/84EXEQUIBLE
Art. 19Ley 11/84INEXEQUIBLE
Art. 20Ley 11/84EXEQUIBLE
Art. 42Ley 50/90EXEQUIBLE
Art. 51Ley 50/90INEXEQUIBLE· parcial
Expresión declarada inexequible«Cuando en el conflicto colectivo esté comprometido un sindicato de industria o gremial que agrupe más de la mitad de los trabajadores de la empresa, éstos integrarán la asamblea para adoptar pliegos de peticiones, designar negociadores y asesores y optar por la declaratoria de huelga o someter el conflicto a la decisión arbitral.»
Art. 61Ley 50/90INEXEQUIBLE· parcial
Art. 63Ley 50/90EXEQUIBLE
31 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (28 puntos)
  1. PRIMERO. ESTESE A LO DISPUESTO en la sentencia C-385/2000 en relación con el artículo 384, con los literales a) de los artículos 388 y 422 y, la expresión "ser colombianos" contenida en el numeral 2 del art. 432 del Código Sustantivo del Trabajo.
  2. SEGUNDO. ESTESE A LO DISPUESTO en las sentencias 115/9112 de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia y C-085/9513 proferida por esta Corporación en relación con las expresiones acusadas del numeral 3 del artículo 448 del Código Sustantivo del Trabajo, subrogado por el artículo 63 de la ley 50 de 1990 por existir cosa juzgada constitucional.
  3. TERCERO. Declararse INHIBIDA para decidir sobre las expresiones acusadas del numeral 1 del art. 486 del C.S.T., por carencia actual del objeto.
  4. CUARTO. Declarar EXEQUIBLE el art. 355 e INEXEQUIBLE la expresión acusada del literal d) del art. 379 del C.S.T.
  5. QUINTO. Declarar EXEQUIBLE el art. 358 del C.S.T., salvo la expresión "la devolución de cuotas o aportes a los afiliados en caso de retiro voluntario o expulsión", que se declara EXEQUIBLE bajo los condicionamientos señalados en la consideración 3.2.2.
  6. Igualmente declarar EXEQUIBLE la expresión "y restricciones" contenida en el numeral 3 del art. 362 del C.S.T.
  7. SEXTO. Declarar EXEQUIBLE la expresión "la determinación de la cuantía de la caución del tesorero; la asignación de los sueldos" contenida en el art. 376 del C.S.T. y EXEQUIBLE en forma condicionada, como se expresa en la consideración 3.2.3, la expresión "la aprobación de todo gasto mayor de un equivalente a diez (10) veces el salario mínimo mensual más alto", del mismo artículo.
  8. Declarar INEXEQUIBLE el art. 394 del C.S.T., salvo las siguientes expresiones que se declaran EXEQUIBLES:
  9. "El sindicato, en asamblea general, votará el presupuesto de gastos para periodos no mayores de un (1) año y sin autorización expresa de la misma asamblea no podrá hacerse ninguna erogación que no este contemplada en dicho presupuesto" y "Estas normas no se aplican para gastos que ocasionen las huelgas declaradas por el sindicato, cualquiera que sea su cuantía".
  10. Declarar EXEQUIBLE la totalidad del art. 395 del C.S.T., con la aclaración de que la alusión al "departamento nacional de supervigilancia sindical", debe entenderse hoy, con respecto a la División de Asuntos Colectivos.
  11. Declarar igualmente EXEQUIBLE el art. 396 del C.S.T..
  12. Declarar INEXEQUIBLES los arts. 390 y 424 del C.S.T..
  13. SEPTIMO. Declarar INEXEQUIBLE la expresión "con el voto de las dos terceras partes de sus miembros" y EXEQUIBLE la expresión "secretario y el fiscal" en relación con el numeral 1 del art. 400 del C.S.T..
  14. Declarar EXEQUIBLE la expresión "y firmada por el presidente, el fiscal y el tesorero" contenida en el numeral 3 del art. 400.
  15. OCTAVO. Declarar INEXEQUIBLE la expresión del art. 417 del C.S.T. "al reconocimiento" y EXEQUIBLE la expresión "salvo la declaración de huelga que compete privativamente, cuando la ley la autorice a los sindicatos respectivos o grupos de trabajadores directa o indirectamente interesados".
  16. NOVENO. Declarar INEXEQUIBLE, el artículo 360 del C.S.T.
  17. DECIMO. Declarar EXEQUIBLE el art. 369 del C.S.T. en lo acusado.
  18. DECIMO.
  19. PRIMERO. Declarar INEXEQUIBLES, los numerales 1 y 3 del 374 del C.S.T., en lo acusado.
  20. DECIMO.
  21. SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE el art. 388 del C.S:T., con la salvedad anotada en el ordinal 1 de la parte resolutiva y con excepción de la expresión "tanto de la provisional como de las reglamentarias"; y de las letras d) y f) del numeral 1 que se declararán INEXEQUIBLES.
  22. Declarar EXEQUIBLE el art. 422 del C.S.T., con la salvedad ya registrada, y con excepción de la expresión "tanto de la provisional como de las reglamentarias"; y de las letras d) y f) del numeral 1 que se declaran INEXEQUIBLES.
  23. Declarar INEXEQUIBLE la expresión "de tres (3) de entre ellos" del numeral 1 y el numeral 2 del art. 432 del C.S.T., excepción hecha de la expresión "ser colombianos" que fue declarada inexequible por la Corte en la sentencia C-385/2000.
  24. DECIMOTERCERO. Declarar INEXEQUIBLE el parágrafo del art. 376 del C.S.T.
  25. DECIMOCUARTO. Declarar EXEQUIBLE el art. 404 del C.S.T. salvo la expresión "y en los demás casos, a la del Departamento Nacional de Supervigilancia Sindical" que se declarará INEXEQUIBLE.
  26. DECIMOQUINTO. Declarar INEXEQUIBLE la expresión "aprobados por el Ministerio de Trabajo del art. 425 del C.S.T.
  27. DECIMOSEXTO. Declarar INEXEQUIBLE el inciso 4 del art. 444 del C.S.T.
  28. DECIMOSEPTIMO. Declarar EXEQUIBLE en forma condicionada, según el considerando 3.2.14, el art. 399 del C.S.T.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.