C-561 de 2002
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Jorge Luis Pabon Apicella
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia de acción de repetición en contra de agentes
- Actos y hechos que dan lugar a responsabilidad de funcionarios y jurisdicción competente
- Inexistencia de relación causal entre contenido de disposición acusada y cargo formulado
- Cargo concreto, específico y directo
- Requisitos mínimos
- Cargos indirectos e irrazonables
- Cargos no predicados de norma demandada
- Acusación no formulada contra normas que se ocupan específicamente del tema
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Codigo contencioso administrativo.
Arts. 77 78 y 217.
Subrogado por decreto 2304 de 1989.
Art. 54.
Actos y hechos que dan lugar a responsabilidad de daños causados por culpa grave o dolo en ejercicio de funciones.
Controversias contractuales.
Estese a lo resuelto en c-100/01 y c-430/00
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 1/84. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. ESTARSE A LO RESUELTO en las Sentencias C-100 de 2001 y C-430 de 2000, en las que se declararon exequibles, en su orden, los articulos 77 y 78 del Codigo Contencioso Administrativo.
- SEGUNDO. DECLARARSE inhibida para emitir pronunciamiento de fondo en relacion con la demanda formulada contra el articulo 217 del Codigo Contencioso Administrativo, tal y como este fue subrogado por el articulo 54 del Decreto 2304 de 1989, por no haberse estructurado en su contra un cargo directo y concreto de inconstitucionalidad.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.