Micelio
Sentencia de Constitucionalidad24 de julio de 2002Sala Plena

C-561 de 2002

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Jorge Luis Pabon Apicella

Tema · dato duro
Cosa Juzgada Constitucional En Procedencia De Acción De Repetición En Contra De Agentes
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cosa Juzgada Constitucional
  • Procedencia de acción de repetición en contra de agentes
  • Actos y hechos que dan lugar a responsabilidad de funcionarios y jurisdicción competente
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Inexistencia de relación causal entre contenido de disposición acusada y cargo formulado
  • Cargo concreto, específico y directo
  • Requisitos mínimos
Inhibicion De La Corte Constitucional
  • Cargos indirectos e irrazonables
  • Cargos no predicados de norma demandada
  • Acusación no formulada contra normas que se ocupan específicamente del tema
3 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Codigo contencioso administrativo.

Arts. 77 78 y 217.

Subrogado por decreto 2304 de 1989.

Art. 54.

Actos y hechos que dan lugar a responsabilidad de daños causados por culpa grave o dolo en ejercicio de funciones.

Controversias contractuales.

Estese a lo resuelto en c-100/01 y c-430/00

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 1/84. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 217Decreto 1/84INHIBITORIO
Art. 217Decreto 01/84INHIBITORIO
Art. 77Decreto 01/84ESTARSE A LO RESUELTO
Art. 78Decreto 01/84ESTARSE A LO RESUELTO
Art. 54Decreto 2304/89INHIBITORIO
5 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. ESTARSE A LO RESUELTO en las Sentencias C-100 de 2001 y C-430 de 2000, en las que se declararon exequibles, en su orden, los articulos 77 y 78 del Codigo Contencioso Administrativo.
  2. SEGUNDO. DECLARARSE inhibida para emitir pronunciamiento de fondo en relacion con la demanda formulada contra el articulo 217 del Codigo Contencioso Administrativo, tal y como este fue subrogado por el articulo 54 del Decreto 2304 de 1989, por no haberse estructurado en su contra un cargo directo y concreto de inconstitucionalidad.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.