C-509 de 2014
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Jose Andres Cristancho Niño·Demandado Ley 1562 De 2012, Articulo Tercero, Incisos Segundo Y Tercero
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Trato diferente otorgado por el legislador a los contratistas se encuentra plenamente justificado
- Garantía del derecho a la igualdad, e incluso de la dignidad de todo trabajador, a ser cubierto por las continencias que puedan ocasionarse con su labor sin distinción de la forma contractual que origina la vin
- Jurisprudencia constitucional
- Método de análisis constitucional
- Metodología de análisis
- Inclusión de contratistas dentro del contexto de accidente de trabajo
- Búsqueda de efectividad por el legislador
- Concepto
- Aplicación del principio pro actione
- Requisito de suficiencia
- Jurisprudencia constitucional
- Desarrollo normativo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra los incisos segundo y tercero del artículo tercero (parcial) de la Ley 1562 de 2012, por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional.
Pretende el demandante como pretensión principal que se declare la inexequibilidad de las expresiones “o contratante” y “o contratistas” acusadas o, que de manera subsidiaria se declare su exequibilidad condicionada, bajo el entendido de que la palabra contratante hace referencia a la figura del contratista.
Aduce el actor que las normas acusadas vulneran el preámbulo y los artículos 2, 13, 25, 53, 122 y 123 de la Constitución Política.
La Corte considera que en el Sistema General de Riesgos Laborales está permitida la inclusión de los contratistas dentro del contexto de accidente de trabajo del artículo 3 de la Ley 1562 de 2012, pues la equiparación legal con los trabajadores dependientes materializa el principio de ampliación de la cobertura en seguridad social y repercute en el ámbito de la afiliación obligatoria sin modificar las relaciones contractuales previas.
La Sala decide declarar EXEQUIBLE por el cargo de igualdad, las expresiones “o contratante” y “o contratistas” demandadas y, declararse INHIBIDA respecto de los demás cargos.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1562/12. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. Declarar EXEQUIBLE por el cargo de igualdad las expresiones "o contratante" y "o contratistas" contenidas en incisos
- segundo. y
- tercero. del articulo
- tercero. de la Ley 1562 de 2012.
- Segundo. Declararse INHIBIDA respecto de los demas cargos.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.