C-500 de 2001
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Romulo Gonzalez Trujillo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Discrepancias
- Facultad de mediación
- Identidad en materia debatida
- Labor
- Nexo sustancial con lo debatido
- No sustitución de comisiones permanentes
- Presupuesto principal
- Texto único
- Divergencias o discrepancias
- Límite material
- No sustitución de debates
- Unidad temática
- Incompetencia para declaración de vigencia de normas
- Formación
- Vicios de forma
- Vicio de procedimiento subsanable
- Artículo no sometido a debates
- Error caligráfico o tipográfico
- Corrección por decreto
- Requisitos
- Modificaciones y adiciones en plenaria
- Aprobación en cuatro debates reglamentarios
- Artículo no sometido a debates
- Discrepancias en cámaras
- Reforma
- Conocimiento sobre liquidación de perjuicios
- Vicio de procedimiento subsanable
- No pronunciamiento sobre identidad material
- Valor fundamental
- Efectos desde la publicación de la ley
- Inseguridad jurídica por efectos retroactivos
- Efectos retroactivos
- Integración sobre conjunto del artículo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 640 de 2001.
Art 47.
(p).
Conciliacion ante el defensor del cliente para que el congreso pueda desprenderse legitimamente de la facultad de legislar y conceder facultades extraordinarias al ejecutivo con estricto sometimiento a los requisitos esencial
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 640/01. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declarar INEXEQUIBLE el articulo 47 de la Ley 640 de 2001 a partir de su promulgacion.
- Segundo. Declarar INEXEQUIBLE la expresion "salvo el articulo 47, que regira inmediatamente" del articulo 50 de la Ley 640 de 2001 a partir de su promulgacion.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.