C-483 de 2003
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Luis Fernando Villota Mendez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Alcance del concepto
- Corte asume el concepto a la observancia de deberes jurídicos contrariando el fin del legislador
- Regulación de las Comisarías permanentes de familia
- Intachable conducta como requisito para acceder al cargo constituye un concepto indeterminado
- Requisito de ausencia de antecedentes penales y disciplinario para acceder al cargo es desproporcionado
- Requisito de conducta intachable para desempeñar el cargo no es irrazonable ni desproporcionada
- Requisitos no son discriminatorios
- Requisitos para acceder al cargo
- Ausencia de antecedentes penales o disciplinarios para desempeñar el cargo no contraría la Constitución
- Clasificación y requisitos del cargo
- Empleo de carrera administrativa
- Exigencia de conocimientos específicos no vulnera la Constitución
- Naturaleza jurídica del cargo
- Requisito es el cumplimiento de deberes jurídicos y no conducta intachable
- Requisitos exigidos se encuentran ajustados a la finalidad de la Constitución en relación con la protección especial de los menores y la familia
- Servidores públicos de libre nombramiento y remoción
- Acceso es un derecho constitucional que admite únicamente restricciones proporcionadas y determinables
- Remisión del concepto indeterminado al incumplimiento de deberes jurídicos
- Ley podía determinar calidades y antecedentes para el desempeño de ciertos empleos
- Facultades extraordinarias no contenían restricción temática
- Incompetencia para establecer sanciones con carácter intemporal
- Competencia para determinar requisitos y condiciones para desempeñar empleos públicos
- Restricción desproporcionada al ejercicio de un derecho constitucional
- No vulneración
- Interpretación
- Vulneración por inhabilidad intemporal
- Concepto
- Por regla general todos los empleos del Estado son de carrera
- Restricción temática en facultades extraordinarias
- Expresión “con el carácter de libre nombramiento y remoción" inexequible
- Regulación legal
- Prevalencia
- Competencia para fijación de requisitos y calidades
- Elementos que conformaban la naturaleza de la institución en la Constitución de 1886
- Régimen de naturaleza sancionatoria
- Ejercicio hermenéutico debe ser leal con el texto
- Ante la falta de proporcionalidad debió declararse inexequible
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 2737/89. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLE el articulo 298 del Decreto 2737 de 1989 "Por el cual se expide el Codigo del Menor".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.