C-311 de 2007
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Lizeth Paola Tarazona Ruiz Y Otra
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Prohibición de que sean mayoría en comités ejecutivos y juntas directivas es inconstitucional
- Prohibición de que sean mayoría en comités ejecutivos y juntas directivas es constitucional
- Sub reglas jurisprudenciales sobre el establecimiento de restricciones
- Línea jurisprudencial
- Pueden ser limitados por el legislador de manera proporcionada
- Para su ejercicio es indiferente el origen nacional del trabajador
- Significado y alcance
- Integración
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Codigo sustantivo del trabajo articulo 422 (parcial) modificado por el articulo 14 de la ley 584 de 2000.
Junta directiva de organizacion de segundo o tercer grado.para las demandantes las expresiones acusadas vulneran los articulos 1 2 13 39 70 y 100 de la carta politica.significado y alcance del derecho de asociacion sindical.
Incidencia de la nacionalidad en el ejercicio de este derecho.
Atribuciones que integran el nucleo esencial del derecho de asociacion.
La igualdad la pluralidad y la participacion como principios democraticos a los cuales debe sujetarse la estructura y funcionamiento de los sindicatos.
En la constitucion politica no se hace alusion alguna a la nacionalidad como condicion para el ejercicio del derecho de asociacion sindical.
Restriccion a los derechos de los extranjeros.
Condiciones para su establecimiento segun la jurisprudencia.
Encuentra la corte que al no estar justificada la restriccion en razones de orden publico la medida consistente en prohibir que los extranjeros puedan conformar en mayoria los comites ejecutivos y juntas directivas de las federaciones o confederaciones sindicales los discrimina sin razon valida configurandose una ostensible violacion al articulo 13 de la carta y afectandose el nucelo esencial del derecho de asociacion sindical y afectando libertades fundamentales.
Unidad normativa.
Eventos en los cuales procede.inexequibles
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 2663/50. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Declarar INEXEQUIBLES las expresiones "En ningun caso la junta directiva podra estar conformada en su mayoria por personas extranjeras" y "En ningun caso el comite ejecutivo y/o la junta directiva podra estar conformada en su mayoria por personas extranjeras", pertenecientes a los articulos 388 y 422 del Codigo Sustantivo del Trabajo, modificados por los articulos 10 y 14 de la Ley 584 de 2000, respectivamente, inciso
- segundo. en ambos casos.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.