C-302 de 2012
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Christian Fernando Joaqui Tapia·Demandado Ley 1437 De 2011, Articulo 145, Inciso 2 (Parcial)
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia para el estudio de un precepto que aún no se encuentra vigente
- Aplicación del principio pro actione
- Cargos que se formulan recaen sobre una norma inexistente
- Requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
- Diferencia
- Aplicación
- Promulgación
- Cumplimiento de requisitos para su existencia
- Vigencia
- Requisitos
- Reparación de perjuicios causados a un grupo
- Determina la competencia de la Corte Constitucional para conocer de una demanda de inconstitucionalidad
- Norma inexistente o deducida por el demandante
- Interpretación histórica
- Finalidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
<br>Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 145, inciso 2 (parcial) de la Ley 1437 de 2011, por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
La Sala estima que los cargos que formula el demandante no reúnen los requisitos de certeza y pertinencia y que tampoco es cierto que el aparte demandado limite la posibilidad de declarar que la causa de un daño soportado por un número plural de personas, es un acto administrativo de carácter general, como tampoco limita la eventualidad de declarar la nulidad de este tipo de actos como una medida de reparación cuando sea necesario.
La Sala se INHIBE de emitir un pronunciamiento de fondo frente a la demanda formulada contra la frase “de carácter particular” del inciso segundo del artículo 145 de la Ley 1437 de 2011. <br>
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1437/11. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- INHIBIRSE de emitir un pronunciamiento de fondo frente a la demanda formulada por el ciudadano Christian Fernando Joaqui Tapia, contra la frase "de caracter particular" del inciso
- segundo. del articulo 145 de la ley 1437 de 2011.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.