C-275 de 2006
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Romeo Pedroza Garces
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No configuración
- Fundamento constitucional
- Consecuencias en caso de omisión
- Consecuencias de la no presentación en procesos regulados por el artículo 407 del Código de Procedimiento Civil y los de pertenencia de vivienda de interés social
- Imposibilidad de aportarlo debido a circunstancias ajenas al peticionario
- Deber del Registrador de Instrumentos Públicos de responder derecho de petición de acuerdo a los datos que posea y dentro del término legal
- Exigencia no desconoce principio de primacía del derecho sustancial
- Finalidad
- Límites
- Cargas procesales
- Es objetivo y no formal
- Concepto
- Diferencia de cargas en el acompañamiento del certificado de registro de instrumentos públicos no vulnera el principio de igualdad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Codigo de procedimiento civil articulo 407 numeral 5 expresion "a la demanda debera acompañarse un certificado del registrador de instrumentos publicos en donde consten las personas que figuren como titulares de derechos rales sujetos a registro o que no aparece ninguna como tal".
El demandante afirma que las expresiones acusadas vulneran los articulos 13 228 y 229 de la constitucion politica.
Ausencia de cosa juzgada en el presente caso.
Alcance de la potestad de configuracion del legislador en materia de procedimientos y en particular para establecer cargas en los procesos ante la jurisdiccion del estado.
Contenido y alcance del numeral 5 del articulo 407 del codigo de procedimiento civil.
La norma acusada debe entenderse en el sentido de que en ningun caso el registrador de instruimentos publicos puede dejar de responder a la peticion de acuerdo con los datos que posea y dentro del termino legal.
Exequibilidad condicionada
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 1400/70. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E:
- Declarar EXEQUIBLES, por los cargos analizados, las expresiones "A la demanda debera acompanarse un certificado del registrador de instrumentos publicos en donde consten las personas que figuren como titulares de derechos reales sujetos a registro, o que no aparece ninguna como tal", contenidas en el numeral 5deg del articulo 407 del Codigo de Procedimiento Civil tal como fue modificado por el Decreto 2282 de 1989, en el entendido que el Registrador de Instrumentos Publicos siempre debera responder a la peticion de dicho certificado, de acuerdo con los datos que posea, dentro del termino establecido por el Codigo Contencioso Administrativo.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.