Micelio
Sentencia de Constitucionalidad12 de abril de 2011Sala Plena

C-272 de 2011

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Revision De Constitucionalidad·Demandado Decreto Legislativo 4823 De 2010

Tema · dato duro
Decreto Legislativo De Desarrollo De Estado De Emergencia Economica, Social Y Ecologica
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Control De Constitucionalidad De Decreto Legislativo De Desarrollo De Estado De Emergencia Economica, Social Y Ecologica
  • Facultad legislativa del gobierno sujeta a límites
  • Parámetros de constitucionalidad
Control De Constitucionalidad De Decreto Legislativo De Desarrollo De Estado De Excepcion
  • Juicios en análisis no incluye juicio de conveniencia
  • Improcedencia sobre aspectos de conveniencia
  • Juicios en pasos metodológicos
Decreto Legislativo De Desarrollo De Estado De Emergencia Económica, Social Y Ecológica
  • Existencia de relación de conexidad general con decreto declaratorio del Estado de Emergencia por grave calamidad pública
  • Medidas adoptadas superan juicios de finalidad, necesidad, proporcionalidad, motivación y no discriminación
  • Requisitos y pasos metodológicos
Libertades Economicas
  • No son derechos fundamentales
  • Limitación constituye una restricción menor y legítima
Obligacion De Contratistas Y Concesionarios Del Estado En Estado De Emergencia
  • Aplicación en ámbito geográfico definido por el Gobierno
  • Improcedencia de reconocimiento de intervenciones a precios de mercado
  • Procedencia de reconocimiento de intervenciones a precios de mercado
  • Reconocimiento de intervenciones a precios de mercado o a precios establecidos por INVIAS resultaba razonable y objetivo
Obligacion Para Contratistas Y Concesionarios Del Estado En Estado De Emergencia
  • Reconocimiento de intervenciones por precios oficiales establecidos por INVIAS constituye un parámetro objetivo
  • Medida específica y temporal que no resulta desproporcionada
Regimen Contractual En Estados De Excepcion
  • Modificación por legislador extraordinario
Decreto Legislativo De Desarrollo De Estado De Emergencia
  • Juicio de Conexidad material de medidas adoptadas
Exequibilidad Condicionada
  • Improcedencia
  • Procedencia
12 temas · 24 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Decreto Legislativo 4823 de 2010.

Por medio del cual los contratistas y concesionarios del Estado deberán contribuir solidariamente a la atención de la emergencia económica, social y ecológica.

Revisión de Constitucionalidad.

La Corte establece que los lineamientos generales del decreto se encuentran en relación de conexidad con los hechos que motivaron la declaración de alteración del orden público social y; que las medidas concretas se encuentran en relación de conexidad, necesidad y proporcionalidad con la declaración de la Emergencia Económica, Social y Ecológica y con el contenido mismo del decreto en el cual se insertan.

Se declaran EXEQUIBLES los artículos 2, 3, 4, 5 y 6; EXEQUIBLE CONDICIONADO el artículo 1, en el entendido de que las medidas en él contenidas sólo son aplicables al ámbito geográfico expresamente definido por el Gobierno en el inventario de vías y a las áreas afectadas por el fenómeno de La Niña.

Así mismo se declaran INEXEQUIBLES las expresiones “a precios de mercado” y “en caso de discrepancia”, contenidas en el parágrafo del artículo 2 del decreto 4823 de 2010, sobre contribución solidaria de contratistas y concesionarios

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 4823/10. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 2Decreto 4823/10 «a precios de mercado " y " en caso de discrepancia»EXEQUIBLE
Art. 3Decreto 4823/10EXEQUIBLE
Art. 4Decreto 4823/10EXEQUIBLE
Art. 5Decreto 4823/10EXEQUIBLE
Art. 6Decreto 4823/10EXEQUIBLE
6 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. Declarar EXEQUIBLE el articulo 1 del Decreto 4823 de 2010, en el entendido que las medidas en el contenidas solo son aplicables al ambito geografico expresamente definido por el Gobierno en el inventario de vias y a las areas afectadas por el fenomeno de La Nina.
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLE el articulo 2 del Decreto 4823 de 2010, salvo las expresiones, contenidas en su paragrafo, "a precios de mercado" y "en caso de discrepancia", las cuales seran declaradas INEXEQUIBLES, en los terminos del numeral 4.3.2.4. de la parte motiva de esta providencia.
  3. Tercero. Declarar EXEQUIBLE el articulo 3 del Decreto 4823 de 2010.
  4. Cuarto. Declarar EXEQUIBLE el articulo 4 del Decreto 4823 de 2010.
  5. Quinto. Declarar EXEQUIBLE el articulo 5 del Decreto 4823 de 2010.
  6. Sexto. Declarar EXEQUIBLE el articulo 6 del Decreto 4823 de 2010.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
Salvamento parcialHumberto Antonio Sierra PortoSalvamento parcialMauricio González Cuervo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.