C-297 de 2011
Ponente Juan Carlos Henao Pérez
✓Demandante Revision De Constitucionalidad·Demandado Decreto Legislativo 4824 Del 29 De Diciembre De 2010
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia
- Objeto y finalidad
- Contenido
- Improcedencia de la inexequibilidad parcial
- Descalificación del método previsto para la fijación de precios de reconocimiento de materiales insumos a proveedores obedece a motivos de mera conveniencia
- Método previsto de fijación de precios para el reconocimiento de materiales insumos a proveedores resultaba razonable y objetivo
- Procedencia de limitación de precios
- Reconocimiento de materiales insumos a proveedores a precios oficiales establecidos por INVIAS constituye un parámetro objetivo
- Procedencia
- Procedencia de acción contencioso administrativa
- Actuación de la administración sujeta al debido proceso
- Procedencia no desvirtúa la debida indemnización o reparación por vía administrativa
- Vigencia
- Excepcionalidad de la medida
- Aplicación por utilidad pública
- Concepto
- Propósito en situaciones de desastre
- Medida cumple requisitos de conexidad material, finalidad, motivación y necesidad
- Vigencia temporal
- Parámetros de constitucionalidad
- Pasos metodológicos en juicio de constitucionalidad de medidas excepcionales
- Medida supera juicios de conexidad, necesidad, proporcionalidad y ausencia de arbitrariedad
- Procedencia de permisos temporales para su explotación
- Fijación de precios en condiciones de mercado
- Limitación a la libertad de precios constituye una prerrogativa del poder de intervención del Estado en la Economía
- Eventos en que procede
- Otorgamiento sujeto a Condicionamientos
- Propósito
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Decreto Legislativo 4824 del 29 de diciembre de 2010.
Por medio del cual se permite la disposición temporal de los escombros y la utilización de fuentes de materiales para atender la emergencia invernal.
Revisión de Constitucionalidad.
Para la Corte, la declaración de utilidad pública e interés social de la disposición de escombros, estabilización y construcción de obras públicas para atender la emergencia invernal y la concesión de permisos temporales de utilización de fuentes de material constituyen medidas conexas, necesarias y proporcionales para conjurar la crisis causada por el fenómeno de la niña.
Se declaran EXEQUIBLES los artículos 1, 2, 3, 5 y 6.
EXEQUIBLES el inciso 1º y el numeral 2º del artículo 4, así como el numeral 1º de este mismo artículo, salvo la expresión “los precios de mercado vigentes en el primer semestre del año 2010 y en caso de discrepancia se tomarán como referencia, el cual se declara INEXEQUIBLE
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 4824/10. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (14 puntos)
- Primero. Declarar EXEQUIBLE el articulo
- PRIMERO. del Decreto 4824 de 2010.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE el articulo
- SEGUNDO. del Decreto 4824 de 2010.
- Tercero. Declarar EXEQUIBLE el articulo
- TERCERO. del Decreto 4824 de 2010.
- Cuarto. Declarar EXEQUIBLE el inciso 1o del articulo
- CUARTO. del Decreto 4824 de 2010.
- Quinto. Declarar EXEQUIBLE el numeral 1o del articulo
- CUARTO. salvo la expresion "los precios de mercado vigentes en el primer semestre del ano 2010 y en caso de discrepancia se tomaran como referencia" que se declarara INEXEQUIBLE.
- Sexto. Declarar EXEQUIBLE el art. 4o del Decreto 4824 de 2010.
- Septimo. Declarar EXEQUIBLE el art. 4o del Decreto 4824 de 2010.
- Octavo. DECLARAR EXEQUIBLE el articulo
- SEXTO. del Decreto 4824 de 2010.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.