C-239 de 2012
Ponente Juan Carlos Henao Pérez
✓Demandante Edwing Jabeth Arteaga Padilla·Demandado Ley 1453 De 2011, Articulo 56, Paragrafo 2 (Parcial)
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Deberes de la Armada Nacional y Fiscalía
- Error de técnica legislativa en norma acusada
- Exequibilidad condicionada
- Constitucionalidad condicionada
- Inhibición para pronunciarse sobre el cargo de igualdad
- Límite temporal de treinta y seis (36) horas
- Procedimiento de interdicción marítima y garantía de los derechos fundamentales
- Cumplimiento a cabalidad con el rigor que el bien jurídico de la libertad impone, pero dentro del margen de posibilidad que determinen las circunstancias
- Cumplimiento del término de las 36 horas está ligado de manera indisoluble al cubrimiento de prestaciones por parte del Estado
- Alcance
- Supuestos
- Constituye un presupuesto fundamental para la eficacia de los demás derechos y el instrumento “primario” del ser humano para vivir en sociedad
- Procedencia
- Condiciones
- Contenido y alcance
- Concepto
- Motivos de sospecha para su aplicación deben ser razonables
- Elementos sustanciales que debe reunir
- Garantías que fijan condiciones para limitar este derecho
- Protección constitucional
- Cargos deben ser claros, ciertos, específicos, pertinentes y suficientes
- Término de 36 horas para poner a disposición a las personas capturadas, no puede contarse desde el momento en el cual se verifique en puerto que las sustancias transpo
- Contenido normativo
- Jurisprudencia constitucional
- Limitaciones y garantías según la jurisprudencia constitucional
- Triple naturaleza jurídica
- Criterios para determinar cuando es procedente su condicionamiento
- Convenios internacionales aplicables en Colombia
- Obligaciones del Estado
- Procedencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de Inconstitucionalidad contra el artículo 56, parágrafo 2º (parcial) de la Ley 1453 de 2011.
El texto de la norma acusada se refiere al término de legalización de captura de naves por parte de la Armada Nacional por tráfico de estupefacientes y sustancias sicotrópicas.
Según el demandante, el hecho de autorizar en la norma que el término de las 36 horas para poner a disposición del juez de garantías a las personas ocupantes de una nave objeto de interdicción marítima, no cuente desde el momento en que se adelanta tal procedimiento y se desvía la nave a puerto, sino desde el momento en que se determine en puerto que las sustancias encontradas son ilícitas, vulnera el derecho a la igualdad y la garantía constitucional prevista para proteger la libertad personal consagrada en la Constitución Política, en la Convención Americana de Derechos Humanos y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, .
La Corte precisó las condiciones que de acuerdo con la Constitución Política debe cumplir la captura efectuada en las naves sujetas a una operación de interdicción marítima y decide declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el cargo de igualdad formulado, por ineptitud sustantiva de la demanda y declarar la EXEQUIBILIDAD CONDICIONADA por el cargo relacionado con la libertad personal, bajo el entendido de que la puesta a disposición de las personas capturadas durante la interdicción marítima ante el juez de control de garantías y la definición de su situación jurídica, deberá desarrollarse en el menor tiempo posible, sin que en ningún caso exceda las 36 horas siguientes a la llegada a puerto colombiano.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 906/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el cargo de igualdad formulado contra el aparte final del paragrafo 2o del articulo 56 de la ley 1453 de 2011, por ineptitud sustantiva de la demanda.
- SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE, por el cargo analizado, el paragrafo 2o del articulo 56 de la ley 1453 de 2011, bajo el entendido de que la puesta a disposicion de las personas capturadas durante la interdiccion maritima ante el juez de control de garantias y la definicion de su situacion juridica, debera desarrollarse en el menor tiempo posible, sin que en ningun caso exceda las 36 horas siguientes a la llegada a puerto colombiano.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.