C-185 de 2003
Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett
✓Demandante Hector Santaella Quintero
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Información personal sometida a los principios y valores
- Se concretan en los principios de utilidad y caducidad
- Afectación
- Manejo de información personal
- Autónomo
- Goce efectivo
- Protección
- Información además de incorporar la historia registral del inmueble denota una situación personal específica
- Enfrentamiento entre posiciones jurídicas amparadas
- Materialización
- Obligación de certificar totalidad de inscripciones se ajusta a mandatos constitucionales
- Publicidad sobre el historial jurídico del bien
- Alcance del principio de publicidad
- Ambito para la resolución de tensión entre derechos
- Naturaleza
- Posiciones jurídicas amparadas por la publicidad
- Integración de la proposición jurídica completa
- Contradicción con los principios de temporalidad y utilidad
- Datos objeto de registro son de naturaleza pública
- Impone al Registrador la obligación de realizar una certificación fiel y total
- Normas legales que lo desarrollan
- Función
- Actuación administrativa de registro podría afectar derechos fundamentales
- Obligación de publicidad total
- Excepción a la obligación de certificar la totalidad de las inscripciones
- Obligación de certificar inscripción es relativa a medidas cautelares de embargo judicial
- Certificación garantiza protección de derechos y privilegios de terceros
- Posibilidades jurídicas de resolver tensión entre posiciones jurídicas enfrentadas escapan al ámbito del control
- Tensión entre derechos deberá resolverse atendiendo las particularidades del caso concreto
- Principio de utilidad
- Término de caducidad de información negativa
- Revocación o levantamiento
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 1250/70. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- administrando justicia en nombre del pueblo de Colombia y por mandato de la Constitución Política
- RESUELVE
- Declarar exequibles los dos primeros incisos del artículo 54 del Decreto-Ley 1250 de 1970.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.