Micelio
Sentencia de Tutela29 de enero de 1993

T-022 de 1993

Ponente Ciro Angarita Baron

Demandante Alirio Martinez Serna

Tema · dato duro
Habeas Data. Derecho A La Intimidad. Asociacion Bancaria. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la providencia proferida por la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema el dia 27 de julio de 1992. En su lugar, ORDENAR el bloqueo inmediato, de toda la informacion concerniente a la obligacion de Alirio Martinez Serna y sus codeudores Ruth Suarez de Martinez y Julian Martinez Suarez almacenada en el banco de datos de la Central de Informacion de la Asociacion Bancaria de Colombia. En consecuencia, no podran divulgarse tales datos economicos personales hasta cuando se profiera la respectiva sentencia en el proceso ejecutivo que actualmente se adelanta contra el peticionario en el juzgado
  2. Tercero. Civil de Santafe de Bogota.
  3. SEGUNDO. En todos aquellos casos similares por sus hechos o circunstancias, siempre que hayan ocurrido abuso o intromisiones arbitrarias o ilegales en el almacenamiento, uso y divulgacion no autorizado expresamente de datos personales, por cualquier medio y tecnologia que vulnere o amenace la intimidad y libertad informatica de la persona, la doctrina constitucional enunciada en esta sentencia tendra CARACTER OBLIGATORIO para las autoridades en los terminos del art. 23 del Decreto 2067 de 1991.
  4. TERCERO. ENVIENSE sendas copias del presente fallo a los senores Procurador de la Nacion, Fiscal General, Defensor del Pueblo, Superintendente Bancario y Director del Departamento Nacional de Estadistica (DANE).
  5. CUARTO. ORDENAR que por Secretaria se comunique esta providencia a la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia en la forma y para los efectos previstos en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  6. Notifiquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
AclaraciónJosé Gregorio Hernández GalindoAclaraciónCiro Angarita Baron
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.