Micelio
Sentencia de Constitucionalidad12 de diciembre de 2018Sala Plena

C-146 de 2018

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Julian Arturo Polo Echeverry Y Leidy Susana Claros Irreño·Demandado Articulo 1º (Parcial) De La Ley 1250 De 2008, Que Adiciono El Art. 204 De La Ley 100 De 1993

Tema · dato duro
Salud Pensionados. Cotización Mensual Al Régimen Contributivo De Salud De Los Pensionados.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Demanda De Inconstitucionalidad Contra Norma Que Regula Cotizacion Mensual Del Regimen Contributivo De Salud De Los Pensionados
  • Tarifa consagrada en Ley 1250 de 2008 es inconstitucional por desconocer principios de equidad, progresividad, justicia tributa
  • Inhibición por ineptitud sustantiva de la demanda
Sistema Tributario
  • Principios de progresividad y de equidad que lo rigen interpretados armónicamente con el derecho al mínimo vital en un Estado Social de Derecho
Concepto De Violacion En Demanda De Inconstitucionalidad
  • Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
Corte Constitucional
  • Pronunciamiento de fondo
Demanda De Inconstitucionalidad
  • El actor cumplió con la carga argumentativa para estudiar el cargo por violación al principio de igualdad
  • La decisión que se debió adoptar consistía en una declaratoria de inexequibilidad diferida
  • Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
Equidad
  • Dimensión vertical
Principio De Equidad Tributaria
  • Desconocimiento
  • Dimensión horizontal y vertical
7 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 1° (parcial) de la Ley 1250 de 2008, que adicionó el artículo 204 de la ley 100 de 1993.

Señalan los demandantes que con la norma acusada, el trabajador que se pensiona ve afectada su mesada puesto que la cotización para el Sistema General de Seguridad Social en Salud aumenta del 4% al 12%, en tanto los trabajadores solo aportan el 8% y su empleador está a cargo del 4% restante.

La Corte se declara INHIBIDA para emitir un pronunciamiento de fondo, por ineptitud sustantiva de la demanda, respecto de la expresión “la cotización mensual al régimen contributivo de salud de los pensionados será del 12% del ingreso de la respectiva mesada pensional”

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 100/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 204Ley 100/93 «respecto de la expresión “la cotización mensual al régimen contributivo de salud de los pensionados será del 12% del ingreso de la respectiva mesada pensional”»INHIBITORIO
Art. 1Ley 1250/08 «respecto de la expresión “la cotización mensual al régimen contributivo de salud de los pensionados será del 12% del ingreso de la respectiva mesada pensional”»INHIBITORIO
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE:
  3. Declararse INHIBIDA para adoptar un pronunciamiento de fondo, por ineptitud sustantiva de la demanda, respecto de la expresion "la cotizacion mensual al regimen contributivo de salud de los pensionados sera del 12% del ingreso de la respectiva mesada pensional" contenida en el articulo 204 de la Ley 100 de 1993, adicionado por el articulo 1deg de la Ley 1250 de 2008.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
SalvamentoCristina Pardo SchlesingerSalvamentoDiana Constanza Fajardo Rivera
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.