Micelio
Sentencia de Constitucionalidad29 de abril de 2020Sala Plena

C-132 de 2020

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Javier Ortiz Muñoz·Demandado Ley 1819 De 2016

Tema · dato duro
Impuesto De Alumbrado Público Recaudo Y Facturación.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Principio Unitario Y Autonomia Territorial En Materia Tributaria
  • Libertad de configuración del legislador para crear, modificar, sustituir o derogar tributos
  • Tensión
Tributo Territorial
  • Alternativas para determinar los elementos
Autonomia De Entidades Territoriales En Materia Fiscal
  • Debe compatibilizarse con la soberanía fiscal del legislador
Deber De Contribuir Al Financiamiento De Gastos E Inversiones Del Estado
  • Cumplimiento dentro de conceptos de justicia y equidad
Entidades Territoriales
  • Carecen de soberanía tributaria
Principios De Estado Unitario Y Autonomia De Entidades Territoriales
  • Competencia concurrente del Congreso de la República, Asambleas departamentales y Concejos municipales en materia de tributos
Sistema Tributario
  • Principios de equidad, eficiencia y progresividad
Tributo De Alumbrado Publico
  • Jurisprudencia constitucional
Tributo Nacional
  • Fijación legislativa de todos los elementos
Tributo
  • Criterios para identificar entidad a que pertenece
Inhibicion De La Corte Constitucional Por Ineptitud Sustantiva De La Demanda
  • Incumplimiento de requisitos de especificidad y suficiencia
18 temas · 19 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 352 de la Ley 1819 de 2016, por medio de la cual se adopta una reforma tributaria estructural, se fortalecen los mecanismos para la lucha contra la evasión y la elusión fiscal, y se dictan otras disposiciones.

El demandante adujo que la disposición demandada es contraria a los artículos 287.3, 338 y 363 de la Constitución Política.

La Corte consideró que las reglas establecidas por el legislador para efectuar el recaudo del impuesto de alumbrado público por parte de los municipios o distritos, no desconoce el ámbito de autonomía que reconoce la Carta Superior a las entidades territoriales en materia tributaria.

Se declara la EXEQUIBILIDAD del aparte normativo cuestionado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1819/16. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 352Ley 1819/16EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. LEVANTAR en el presente proceso, la suspensión de términos ordenada por el Consejo Superior de la Judicatura.
  2. Segundo. DECLARAR EXEQUIBLE, por el cargo analizado, el artículo 352 de la Ley 1819 de 2016.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónAntonio José Lizarazo Ocampo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.