C-1036 de 2003
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Julio Vacca Diez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Programa de apoyo para subsidios económicos
- Protección especial
- Subsidio económico como medida de solidaridad
- Circunstancias para su identificación
- Subsidio alimentario compatible con el deber de solidaridad
- Concepto
- Alcance en estudio de objeciones presidenciales
- Carece de fuerza jurídica para imponerse obligatoria
- Efectos
- Inexistencia
- Algunas expresiones de la Corte al respecto constituyen un obiter dicta
- Competencia para definir efectos y alcances de sus fallos
- Estudio de objeciones restringido a normas controvertidas, cargos formulados y argumentos del Congreso
- Determinación de efectos de sus decisiones
- Límite en estudio de constitucionalidad
- Test de igualdad
- Justificación de trato diferencial para subsidio económico a los veteranos indigentes de la guerra de Corea
- Competencia para implementar subsidio económico a ancianos indigentes
- Cuando Congreso las atiende la Corte no se pronuncia al respecto, sino hasta que medie demanda de inconstitucionalidad
- Debe ser estudiada frente a toda la Constitución Política
- Garantía del mínimo vital
- Nuevo texto
- Alcance
- Competencia del legislador
- Definición
- Concepto
- Regulación internacional
- Personas indigentes
- Compromiso directo e inmediato con personas indigentes
- Subsidio alimentario por indigencia
- Contenido
- Sentencia condicionada
- Acción afirmativa
- Antecedente legislativo de norma protectora
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 683/01. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (12 puntos)
- decisiones:
- PRIMERO. Declarase cumplida la exigencia constitucional del articulo 167 de la Carta, en relacion con la Sentencia C-923 de 2000, en cuanto al proyecto de ley No.114 de 1997 - Camara de Representantes- y No.04 de 1998 - Senado de la Republica.
- SEGUNDO. Declarase exequible el proyecto de ley No.114 de 1997 - Camara de Representantes- y No.04 de 1998 - Senado de la Republica- cuyo texto definitivo es el siguiente:
- "El Congreso de Colombia,
- DECRETA
- ARTICULO 1. La presente Ley tiene por objeto establecer unos beneficios, en los terminos y condiciones que mas adelante se indican, a favor de los veteranos supervivientes de la guerra de Corea y el conflicto con el Peru.
- ARTICULO 2. La Contraloria General de la Republica, a traves de su Delegada para el Ministerio de Defensa Nacional, ejercera el auditaje respectivo, sin perjuicio de que el Ministerio de Defensa Nacional ejerza la vigilancia y supervision del caso sobre el manejo y funcionamiento de Ascove.
- ARTICULO 3. Crease un subsidio mensual equivalente a dos (2) salarios minimos mensuales legales vigentes, con destino a cada veterano de que trata esta ley, que se encuentre en estado de indigencia.
- ARTICULO 4. El subsidio de que trata el articulo anterior se pagara por el Ministerio de Defensa Nacional por mensualidades vencidas. Si la persona fallece, el ultimo pago no reclamado sera destinado al pago de los servicios funerarios y si hubiere un remanente se destinara a Ascove para este mismo fin.
- ARTICULO 5. En la ley de presupuesto se incluiran las partidas necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.
- ARTICULO 6. La presente Ley rige a partir de su promulgacion.
- Enviese al senor Presidente de la Republica para su sancion.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.