Micelio
Sentencia de Constitucionalidad11 de febrero de 2003Sala Plena

C-099 de 2003

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Alvaro Edgar Hernandez Conde

Tema · dato duro
Decreto 1092 De 1996. Arts. 24 (P.). Y 30. Ley 383 De 1997. Art. 6. Ley 488 De 1998. Art. 72. Normas Tributarias Y Fiscales De Entidades Territoriales. Valoracion Probatoria. Responsabilidad Objetiva En Regimen Cambiario. Tipicidad Y Legalidad De La Infra
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cosa Juzgada Material
  • Valoración probatoria y responsabilidad en régimen de cambios
Principio De Legalidad
  • Finalidad
  • Principios de concreción
Principio De Tipicidad En Infraccion Cambiaria
  • Referencia a sujeto activo de manera tácita, genérica o indeterminada
  • No señalamiento de sujeto activo
Regimen Cambiario
  • Competencia para adopción, control y vigilancia
  • Definición
  • Contenido, objeto y finalidad propios
  • Eventos de violación
Sindicado
  • Ausencia no suspende las diligencias del proceso y mientras se conserven sus garantías jurídicas puede culminar válidamente con una sentencia condenatoria
Persona Ausente
  • Sujeto procesal
16 temas · 17 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 1092/96. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 24Decreto 1092/96ESTARSE A LO RESUELTO
Art. 30Decreto 1092/96ESTARSE A LO RESUELTO
Art. 6°Ley 383/97EXEQUIBLE
Art. 72Ley 488/98EXEQUIBLE
4 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Estarse a lo resuelto en la sentencia C-010 de 2003 en relación con la demanda contra los artículos 24 y 30 del Decreto 1092 de 1996.
  2. Segundo. Declarar Exequible, por el cargo formulado, el artículo 6º de la Ley 383 de 1997, modificado por el artículo 72 de la Ley 488 de 1998.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.