Micelio
Sentencia de Constitucionalidad20 de enero de 2004Sala Plena

C-015 de 2004

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Jorge Enrique Ibañez Najar

Tema · dato duro
Inhabilidades Para Ser Congresista. Legislador No Puede Modificar Límites Fijados Por La Constitución
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Inhabilidades Del Servidor Publico
  • Competencia del legislador para complementar régimen constitucional
Inhabilidades Para Ser Congresista O Presidente De La Republica
  • Sistema cerrado
  • Competencia legislativa para regulación y ampliación
Inhabilidades Para Ser Congresista
  • Inconstitucionalidad por ampliación del término fijado por la Constitución
  • Término de seis meses para representantes legales
  • Cobija a representantes legales de cajas de compensación familiar
  • Legislador no puede modificar límites fijados por la Constitución
Inhabilidades
  • Ampliación inconstitucional del catálogo cerrado señalado por el Constituyente
  • Concepto
  • No son inconstitucionales per se
  • Finalidad
  • Ámbito territorial
  • Creación legislativa
  • No se pueden agregar a la enumeración efectuada por el Constituyente
  • Razonabilidad y no desconocimiento de la igualdad
Sentencia Condicionada
  • Inexistencia por sustitución de norma legal por juez constitucional
Regimen De Inhabilidades E Incompatibilidades
  • Competencia legislativa para regulación y ampliación
Régimen De Inhabilidades
  • Limitación de participación en asuntos públicos
  • Regla general de competencia legislativa
Subsidio Familiar
  • Recursos no son contribuciones parafiscales típicas
Caja De Compensacion Familiar
  • Directivos ni empleados son servidores públicos
Inhabilidades De Director Y Subdirector De Cajas De Compensacion Familiar
  • No elección para Corporación ni cargo de elección popular hasta un año después
16 temas · 26 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 789 de 2002.

Art. 21 (p.).

Apoyo al empleo.

Proteccion social.

Modifica arts.

Codigo sustantivo del trabajo.

Cajas de compensacion familiar.

Regimen de transparencia.

No eleccion de directores y subdirectores a otra corporacion o cargo de eleccion popular

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 789/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. RESUELVE
  3. PRIMERO. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos analizados, el Parágrafo 6 del artículo 21 de la Ley 789 de 2002, en el entendido de que la inhabilidad que en ella se establece (i) no se aplica a quienes aspiren al cargo de Presidente de la República, (ii) se aplica para quienes aspiren al cargo de Congresista por el término de seis (6) meses, y (iii) se aplica cuando el ámbito de actuación del Director o Subdirector tenga lugar en la circunscripción en la cual deba efectuarse la respectiva elección.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.