Micelio
Sentencia de Constitucionalidad23 de enero de 2002Sala Plena

C-012 de 2002

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Ernesto De La Espriella Barcenas

Tema · dato duro
Demanda. Envío Por Correo No Es Excusa Para Ignorar Requisitos, Formalidades Y Términos Procesales
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia
  • Significado
  • Integrante del debido proceso
Carga Procesal
  • Presentación de demandas y actuaciones en oportunidad
Deberes Del Juez
  • Solución oportuna del proceso
Demanda
  • Presentación personal ante despacho judicial o notario por quienes residen fuera del lugar
  • Envío a través de correo u otro medio
  • Envío por correo no es excusa para ignorar requisitos, formalidades y términos procesales
  • Facultad y deber de presentación en tiempo
  • Presentación al recibo en despacho de destino
  • Presentación el día en que se reciba en despacho de destino
  • Presentación en oportunidad
  • Presentación en tiempo
  • Presentación personal
  • Presentación por quienes residen fuera del lugar del despacho de destino
Derecho
  • Poder y deber
Principio De Igualdad Procesal
  • Neutralidad del procedimiento
  • Alcance
Principio De Igualdad
  • No comporta identidad numérica
Proceso
  • Etapas
  • Significado
Termino Procesal
  • Finalidad y alcance
  • Indeterminación o incumplimiento
  • Mayor o menor brevedad establecido por legislador
  • No determinación por juez constitucional
  • Significado
  • Consecuencias por incumplimiento
  • Observancia en etapas
  • Presentación oportuna de demandas
Carga Procesal En Demanda
  • Presentación oportuna
Recursos
  • Presentación oportuna
Principio De Seguridad Juridica En Termino Procesal
  • Presentación de demandas y actuaciones en oportunidad
15 temas · 33 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Codigo de procedimiento civil.

Arts. 84 y 373 (ps.) modificados por el decreto 2282 de 1989 art. 1 nums. 36 y 188 y codigo contencioso administrativo.

Art. 142 (p.).

Presentacion de la demanda.

Recibo en tiempo ante el despacho judicial respectivo.

Autent

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 1400/70. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 142Decreto 1400/70 «caso en el cual se considerara presentada al recibo en el despacho judicial de su destino»EXEQUIBLE
Art. 142Decreto 1/84EXEQUIBLE
Art. 1Decreto 2282/89EXEQUIBLE
Art. 1Decreto 2282/89EXEQUIBLE
4 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E :
  3. PRIMERO. Declarar EXEQUIBLE la expresion "para efectos procesales, se considerara presentada el dia en que se reciba en el despacho de su destino", contenida en el inciso
  4. primero. del articulo 84 del Codigo de Procedimiento Civil, modificado por el articulo 1deg, numeral 36 del Decreto 2282 de 1989.
  5. SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE la expresion "se tendra por presentada en tiempo si llega a la secretaria antes de que venza el termino de traslado", contenida en el inciso
  6. segundo. del articulo 373 del Codigo de Procedimiento Civil, modificado por el articulo 1deg, numeral 188 del Decreto 2282 de 1989.
  7. TERCERO. Declarar EXEQUIBLE la expresion "caso en el cual se considerara presentada al recibo en el despacho judicial de su destino", contenida en el inciso
  8. segundo. del articulo 142 del Codigo Contencioso Administrativo.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.