Micelio
Sentencia de Tutela23 de octubre de 2003

T-985 de 2003

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Maria Margarita Acosta Gonzalez Vs. Red De Solidaridad Social Y Otros

Tema · dato duro
Derechos A La Salud Vida Educacion Trabajo Y Vivienda De Madre Cabeza De Familia E Hijo Desplazados. Inclusion En Programas De Apoyo Y Asistencia Capacitacion Laboral Proyecto Productivo Y Afiliacion A Regimen Subsidiado De Salud. Accion De Cumplimiento.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Procedencia respecto a desplazados
Derechos Fundamentales De Los Desplazados
  • No se exige el requisito de certificación de su condición de desplazado
Desplazados Internos
  • Solidaridad internacional
Desplazamiento Forzado
  • Protección estatal
  • Consecuencias
Estado
  • Debe garantizar atención de personas desplazadas
Inurbe
  • Falta de atención a la accionante desplazada
Red De Solidaridad Social
  • Atención integral y manejo del registro único de la población desplazada
  • Coordinación de ejecución de proyectos productivos
  • No ha prestado la ayuda humanitaria a la accionante desplazada
8 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibague y, en su lugar, CONCEDER la proteccion constitucional de los derechos a la vida digna, a la salud, a la educacion, al trabajo y a la vivienda digna de Maria Margarita Acosta Gonzalez.
  2. Segundo. ORDENAR a la Red de Solidaridad Social que asista, asesore y acompane, en general, y que efectivamente coordine la asistencia estatal que la senora Maria Margarita Acosta Gonzalez demanda para ella y para su grupo familiar, en todos los ordenes, con el concurso de FONVIVIENDA y del Ministerio de Hacienda y Credito Publico en lo que a cada uno de estas entidades compete.
  3. Tercero. ORDENAR a la Red de Solidaridad Social que, en concurso con FONVIVIENDA, en el termino de cuarenta y ocho horas (48) siguientes a la notificacion de esta Sentencia, dentro del ambito de sus competencias, inicien las actuaciones pertinentes para atender de manera transitoria y prioritaria la necesidad de vivienda de la peticionaria.
  4. Cuarto. ORDENAR a la Red de Solidaridad Social que, dentro del termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta Sentencia, atienda de manera prioritaria la inclusion de la accionante a los programas de capacitacion laboral existentes para la poblacion desplazada, asi como lo atinente a la orientacion y aprobacion del proyecto productivo por ella presentado.
  5. Quinto. ORDENAR a la Red de Solidaridad Social que, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de este Fallo, inicie las diligencias pertinentes para afiliar a la peticionaria y a su hijo al regimen subsidiado de salud, sin perjuicio de que de manera inmediata se les preste la atencion medica que requieran.
  6. Sexto. Por Secretaria, LIBRESE la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los fines alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a6
T-721/03Derecho A La Vida Y Defensa. Registro Unico De Desplazados. Inclusion En Programas Y Proyectos Productivos. Deber De Solidaridad De La Comunidad Y El Estado. Temeridad. Imposicion Multa A Victima De Desplazamiento Interno Forzado. Deber De Informar. InvesT-602/03Derechos A La Igualdad Minimo Vital Vivienda Y Restablecimiento De Personas Desplazadas. Inclusion En Programas Y Proyectos Productivos. Reubicacion Rural O Urbana. Prohibicion De Regresividad. Ejecucion De La Politica Publica. Fuerza Vinculante De Los PrT-419/03Derechos A La Vivenda Educacion Y Seguridad Social. Solicitud Ayuda Humanitaria. Inclusion En Programas De Capacitacion Laboral Y Regimen Subsidiado. Sisben. Desplazamiento Interno Forzado. Deber De Solidaridad De La Comunidad Y El Estado. Concedida.T-098/02Derechos A La Salud Vivienda Trabajo Educacion Integridad Personal Y Dignidad Humana. Proteccion Al Menor. Trato Preferencial. Situacion De Indefension Por Desplazamiento Forzado De Personas Del Choco. Competencia Y Funciones Del Juez De Primera InstanciaT-327/01Derechos A La Vida Integridad Personal Libre Desarrollo De La Personalidad Salud Vivienda Y De Los Menores. Desplazamiento Forzado. Inscripcion En El Registro Nacional De Desplazados. Prestacion De Servicios. Buena Fe. Concedida.SU.1150/00Derecho Al Albergue Temporal E Inclusion En Los Programas Existentes Referidos A La Poblacion Desplazada. Suspension Orden De Desalojo Del Terreno De Corvide. Inclusion Programa Especial De Vivienda. Ayuda Economica Para Proyecto Productivo. Hecho Superado. Concedida Parcialmente.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.