T-069 de 2012
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Sandra Patricia Hurtado Arboleda·Demandado Banco Agrario De Colombia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Entrega material de la cédula de ciudadanía de desplazado para reclamar ayuda humanitaria
- Vulneración por Registraduría al demorar entrega de cédula de ciudadanía
- Reiteración de jurisprudencia
- Reconocimiento de la personalidad jurídica
- Exhortar a Banco Agrario para que brinde información oportuna a personas desplazadas respecto a manera de solicitar documento de identidad para acceder a pago de ayudas humanitarias
- Importancia y funciones que cumple
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Mínimo vital.
La accionante tiene la condición de desplazada y madre cabeza de familia y alega la vulneración de derechos fundamentales, en tanto el Banco Agrario no efectúo el desembolso de la ayuda humanitaria a pesar de presentar el comprobante de trámite del documento de identidad expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil y el denuncio de pérdida de sus documentos.
La Sala concluye que, a la entidad financiera le asistía la obligación de exigir a la actora la presentación de la cédula de ciudadanía para poder hacer efectivos los pagos de las ayudas humanitarias, en razón a que este documento tiene el alcance de prueba de identificación personal, de donde se infiere que, sólo con ella se acredita la personalidad de su titular en todos los actos jurídicos o situaciones donde se le exija la prueba de tal calidad.
En sede de revisión se allegó escrito de la Registraduría Nacional del Estado Civil donde se informó sobre la expedición y entrega a la demandante del duplicado de su cédula de ciudadanía y en tal sentido se declaró la CARENCIA ACTUAL DE OBJETO POR HECHO SUPERADO. <br> <br>
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. DECLARAR la carencia actual de objeto, en los términos explicados en la parte considerativa de esta sentencia.
- SEGUNDO. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito de Conocimiento de Armenia (Quindío), en providencia del 29 de agosto de 2011, dentro de la acción de tutela interpuesta por Sandra Patricia Hurtado Arboleda en contra del Banco Agrario de Colombia, sucursal Armenia (Quindío).
- TERCERO. EXHORTAR al Banco Agrario de Colombia, sucursal Armenia (Quindío), a que en adelante brinde información oportuna a las personas en situación de desplazamiento sobre la manera en que pueden solicitar el documento de identidad para poder acceder al pago de las ayudas humanitarias de manera eficaz.
- LÍBRESE la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.