Micelio
Sentencia de Tutela9 de diciembre de 1999

T-984 de 1999

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Ministerio De Hacienda

Tema · dato duro
Via De Hecho. Debido Proceso. Der Defensa Por No Notificacion De Decisiones. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Debido Proceso
  • Adición de sentencia ejecutoriada invocando existencia de errores aritméticos
Medio De Defensa Judicial
  • Eficacia y efectividad
Sentencia
  • Corrección de errores aritméticos y otros
  • Aclaración
  • Adición
  • Inmodificable e irrevocable
Via De Hecho
  • Defecto orgánico
  • Adición de sentencia ejecutoriada invocando existencia de errores aritméticos
  • Clases de defectos en la actuación
  • Defecto procedimental
Acción De Tutela
  • Subsidiariedad
6 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (11 puntos)
  1. Primero. REVOCAR las sentencias proferidas en segunda instancia, por la Corte Suprema de Justicia, mediante las cuales se negaron las pretensiones de las demandas, y en su lugar, conceder las tutelas impetradas por violación al derecho fundamental al debido proceso, a la Nación Ministerio de Hacienda, en los expedientes radicados en esta Corporación bajo los números T-230933 de 16 de junio de 1999;T- 236912 de 6 de julio de 1999;T-232018 de 18 de junio de 1999;T- 236902 de 6 de julio de 1999; T-243325 de 26 de julio de 1999; y T- 259914 de 20 de septiembre de 1999.
  2. Segundo. INVALIDAR las sentencias proferidas por los Tribunales Administrativos del Atlántico proferidas el 10 de diciembre de 1998 (expedientes T-230933, T-232018 y T-243325), 19 de noviembre de 1998 (expediente T- 236912), el 29 de abril 1999 (expediente T-259914), y del Magdalena proferida el 18 de diciembre de 1998 (expediente T-236902)
  3. Tercero. DAR cumplimiento a lo previsto a lo previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  4. ANTONIO BARRERA CARBONELL.
  5. Magistrado
  6. (Impedimento aceptado)
  7. ALFREDO BELTRAN SIERRA
  8. Magistrado
  9. EDUARDO CIFUENTES MUÑOZ
  10. Magistrado
  11. MARTHA SÁCHICA DE MONCALEANO
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.