T-906 de 2011
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Carlos Alberto Valdes Y Otro·Demandado Instituto De Seguros Sociales
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Orden al ISS expida de manera definitiva resolución de reconocimiento de la pensión de invalidez
- Finalidad
- Requisitos para obtener reconocimiento y pago
- No puede afectarse por mora patronal en aportes a seguridad social
- Protección constitucional reforzada
- No es aplicable frente a la vulneración efectiva y continuada de derechos fundamentales
- Procedencia excepcional por afectación al mínimo vital y vida digna de sujetos de especial protección
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Mínimo vital, vida digna, seguridad social.
Se acumulan expedientes por unidad de materia.
En los dos casos estudiados el ISS negó a los demandantes el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez, por no reunir los requisitos legales para acceder a dicha prestación.
La Sala decide conceder el amparo invocado por los accionantes y ordena al Instituto accionado reconocer y empezar a pagar la reclamada pensión de invalidez, con cubrimiento de todo lo que se haya causado desde la fecha de solicitud de la referida prestación.
CONCEDIDA.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. En el expediente T-3.164.032, REVOCAR la sentencia proferida el 21 de junio de 2011 por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayan, que confirmo la decision de primera instancia proferida por el Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de Popayan, en el proceso adelantado por Carlos Alberto Valdes contra el ISS, para en su lugar CONCEDER la tutela de los derechos al minimo vital, vida digna y seguridad social del actor.
- SEGUNDO. ORDENAR al representante legal del ISS o quien haga sus veces, que en el termino maximo de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de esta providencia, reconozca y empiece a pagar la reclamada pension de invalidez al senor Carlos Alberto Valdes, con cubrimiento de todo lo que se haya causado desde la fecha de solicitud de la referida prestacion.
- TERCERO. En el expediente T-3.174.878, REVOCAR el fallo proferido el 14 de julio de 2011, por la Sala de Decision Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, que confirmo la decision de primera instancia proferida por el Juzgado
- Quinto. Civil del Circuito de Cali que nego por improcedente la accion de tutela adelantada por Hermes Antonio Duran contra el ISS, para en su lugar CONCEDER la tutela de los derechos al minimo vital, vida digna y seguridad social del actor.
- CUARTO. ORDENAR al representante legal del ISS o quien haga sus veces, que en el termino maximo de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de esta providencia, reconozca y empiece a pagar la reclamada pension de invalidez al senor Hermes Antonio Duran, con cubrimiento de todo lo que se haya causado desde la fecha de solicitud de la referida prestacion.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.