Sentencia de Tutela21 de octubre de 1999
T-822 de 1999
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Alfonso Cortes Gomez
✓
Tema · dato duro
Derecho Salud. Medicina Prepagada Planes Adicionales De Salud. Naturaleza Del Contrato. Operacion Por Accidente Cerebro Vascular. Programa Hospitalizacion Domiciliaria.Colsanitas. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Salud
- Fundamental por conexidad
- Relevancia de la participación de la familia para protección y rehabilitación del enfermo
Derecho A La Vida Digna
- Alcance
- Rehabilitación y manejo de secuelas producidas por enfermedad
Contrato De Medicina Prepagada
- Procedencia excepcional de tutela
- Connotaciones especiales
- Naturaleza jurídica
Empresa De Medicina Prepagada
- Programa de hospitalización domiciliaria
Medicina Prepagada
- Definición y presupuestos básicos
Salud
- Protección y objeto
8 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- R E S U E L V E:
- Primero. CONFIRMAR las sentencias proferidas por la Sección Cuarta del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y por la Sección Quinta de la Sala Contencioso Administrativa del Consejo de Estado, el 23 de febrero y el 18 de marzo del año en curso, respectivamente, en el proceso de la referencia, con base en las consideraciones señaladas en la presente providencia.
- Segundo. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a12
T-209/99Der. A La Salud. Deber Del Estado Y La Familio. Tratamiento Hospitalario De Disminuidos Psiquicos. NegadaT-732/98Der. A La Vida A La Salud Y A La Integridad Fisica. Cirugia De Nariz. Humana S.A. Concedida.T-290/98Der. A La Integridad Personal. Der. A La Vida. Preexistencias. Medicina Prepagada. Salud Colmena. Concedida.T-248/98Der. A La Salud Mental. Der. A La Vida. Der. A La Integridad Personal. Suspension De Terapias Por Colseguros E.P.S. Concedida.SU.039/98Der. A La Salud. Der. A La Vida E Integridad Personal. Preexistencias. Salud Colmena E.P.S. Tratamiento Medico Asistenciales. Concedida.T-307/97Der. A La Vida. Medicina Prepagada. Inaplicabilidad De La Clausula Que Sustrae Del Servicio Enfermedades No Detectadas En El Contrato. Medisalud. Concedida.
Ver las 12 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.