Micelio
Sentencia de Tutela26 de agosto de 2004

T-803 de 2004

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Maria Claudia Cubillos De Arango Y Otro Vs. Superintendencia De Sociedades

Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso En Tramite De Liquidación Obligatoria De Sociedad Decretada Por La Superintendencia De Sociedades En Reclamación De Credito Laboral Por La Revocatoria Del Auto Que Condujo Al Rechazo Del Credito. Procedencia De La Tutela Contra
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Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

7 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia del Consejo de Estado - Sección Segunda, Subsección "A" - de fecha 12 de febrero de 2004, que a su vez confirmó el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca - Sección Tercera, Subsección "B" - de fecha 12 de diciembre de 2003; y en su lugar CONCEDER la tutela al derecho fundamental al debido proceso de Federico Ignacio Arango Botero.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a la Superintendencia de Sociedades revocar el auto 441-011514 del 23 de julio de 2002, y aceptar en el proceso de liquidación obligatoria de la sociedad Cipres Trade Center S.A. en liquidación obligatoria, a Jairo Enrique Rosero Ortíz como apoderado judicial de Federico Arango Botero.
  3. TERCERO. ORDENAR a la Superintendencia de Sociedades, en consecuencia, estudiar el crédito presentado por Jairo Enrique Rosero Ortíz en representación de Federico Ignacio Arango Botero, en el marco del proceso de liquidación obligatoria de la sociedad Cipres Trade Center S.A. en liquidación obligatoria, de acuerdo con las normas que regulan la materia, a fin de determinar su reconocimiento e rechazo, teniendo en cuenta que se presentó en oportunidad legal.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.